pido aclaraciones: el periodo al cual le aplico 14236 se cuenta como año de aporte para completar los 30? y al que le aplico 24531 borra deuda y aporte? o solo deuda? gracias
ELIZAB escribió:Hola;son excluyentes entre si o en sicam 1 puedo usar la 14236 en peridos donde quiero hacer valer aportes en relacion de dependencia y la 25321 para darle el cese ficto a 9/93, espero v/respuestas
La ley 25321 se usa para lo que usualmente llamamos cese ficto, o sea renunciar pagos y deudas.
Ley 14236 es para prescribir deuda unicamente.
maria soledad escribió:ninguna de las dos leyes te suman nada, renuncias periodos,la ley 14236 es hasta el año 96y la 25321 es de ahi hasta la actualidad, aunque algunos los usan como sea e ygual salen acordadas.ELIZAB escribió:Hola;son excluyentes entre si o en sicam 1 puedo usar la 14236 en peridos donde quiero hacer valer aportes en relacion de dependencia y la 25321 para darle el cese ficto a 9/93, espero v/respuestas
La ley 25321 se usa para lo que usualmente llamamos cese ficto, o sea renunciar pagos y deudas.
Ley 14236 es para prescribir deuda unicamente.
ramon escribió:yo crei que tenia claro el tema y con los autonomos puros me fue bien pero cuando recibi mi primera jub,mixta entrè en una gran confusion .gracias a todos por la ayuda que me dan.maria soledad escribió:ninguna de las dos leyes te suman nada, renuncias periodos,la ley 14236 es hasta el año 96y la 25321 es de ahi hasta la actualidad, aunque algunos los usan como sea e ygual salen acordadas.ELIZAB escribió:Hola;son excluyentes entre si o en sicam 1 puedo usar la 14236 en peridos donde quiero hacer valer aportes en relacion de dependencia y la 25321 para darle el cese ficto a 9/93, espero v/respuestas
La ley 25321 se usa para lo que usualmente llamamos cese ficto, o sea renunciar pagos y deudas.
Ley 14236 es para prescribir deuda unicamente.