Buenos días foristas. En un expediente de ejecución de sentencia, con liquidación aprobada solicité se fijen honorarios y la providencia es la siguiente:
Atento el estado de las actuaciones, cítese a la demandada en los términos del art 505 CPCC.
Si alguien me puede aclarar. Debo intimar a ANSES por la deuda determinada en esos términos solamente. Y también entendería que no me respondieron sobre los honorarios. Pero como es la primera vez que me ocurre estoy confundido.
Desde ya gracias a todos quienes puedan aclarar.
Atento el estado de las actuaciones, cítese a la demandada en los términos del art 505 CPCC.
Si alguien me puede aclarar. Debo intimar a ANSES por la deuda determinada en esos términos solamente. Y también entendería que no me respondieron sobre los honorarios. Pero como es la primera vez que me ocurre estoy confundido.
Desde ya gracias a todos quienes puedan aclarar.