Hola, colegas!!! Les cuento que estoy empezando a largarme sola en el ejercicio de la profesión y en un caso de familia me surgen algunas dudas.. Les cuento: Es en CABA. Una madre tiene un convenio de alimentos por un menor firmado hace 4 años (cuota: $700 + obra social). Hace 2 años el papá del menor se quedó sin empleo en blanco y redujo unilateralmente la cuota, pasando a abonar $400 y dejando de pagar la obra social. El señor no tiene trabajo en blanco (hace changas) ni bienes, y vive con su hermano. El nene tiene 14 años, va a un colegio privado y vive con su mamá y su actual pareja. Mis dudas son:
1) Puedo iniciar una ejecución de alimentos adeudados? Conviene, aún cuando no tengo de dónde cobrarme? Hasta cuánto tiempo atras puedo reclamar los alimentos adeudados?
2) Aunque el señor no tenga trabajo ni bienes, conviene iniciar en paralelo un aumento de cuota alimentaria? Cuánto pedirían en mediación, teniendo en cuenta las circunstancias del alimentante? Es viable que en sede judicial otorguen un aumento considerable.
Desde ya, agradezco sus opiniones!!
Atenea13
1) Puedo iniciar una ejecución de alimentos adeudados? Conviene, aún cuando no tengo de dónde cobrarme? Hasta cuánto tiempo atras puedo reclamar los alimentos adeudados?
2) Aunque el señor no tenga trabajo ni bienes, conviene iniciar en paralelo un aumento de cuota alimentaria? Cuánto pedirían en mediación, teniendo en cuenta las circunstancias del alimentante? Es viable que en sede judicial otorguen un aumento considerable.
Desde ya, agradezco sus opiniones!!
Atenea13