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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1076060  por Pachita
 
Hola foristas

Necesito su ayuda, tengo un juicio de reajuste con sentencia firme (reciente) todavía esta en Camara. Mi cliente es una persona que padece una enfermedad terminal y queria presentar el tramite de prioridad en el pago por enfermedad.
Es posible presentar este tramite cuando aun no bajo a primera instancia el expdte? Por otro lado hay que sacar turno en ANSES para presentar la documentación que solicitan? O donde se presenta?

Gracias
 #1084584  por Pachita
 
Colegas

Disculpen que vuelva con este tema pero agradeceria si alguien me puede aclarar este tema, dado que estoy perdida como seguir

desde ya muchas gracias
 #1084691  por monicamabel01
 
Hola Pachita, hasta que no se forme el expediente de liquidación de sentencia (Código 150) en ANSeS, no podés iniciar el de excepción por enfermedad (Decreto 56/97). Una vez que éste formado el de liquidación podés iniciar el de excepción en cualquier UDAI. Tenés que presentar nota pidiendo la aplicación de la resolución firmada por el jubilado y por vos, fotocopia del DNI de tu cliente, fotocopia de tu credencial, certificados médicos donde se indique la enfermedad que tiene (lo más actualizado posible), fotocopia de la historia clínica que debe estar legalizada por el director del hospital, clínica, etc.
 #1094735  por Pachita
 
Hola Colegas

Ayer quise presentar la solicitud de aplicación de la resolucion 56/97 en la udai de paseo colon y me dicen que tengo que presentar el formulario de poder para tramitar de lo contrario no puedo hacer la presentación.

Realmente me sorprendió porque había ido a esa misma udai y no me dijeron nada, es todo un tema porque mi cliente vive en Rio Grande y demora aun mas todo. Quisiera saber si pueden contarme sus experiencias, si es asi esto o algo nuevo de anses para demorar aun mas los pagos,

Gracias!
 #1094868  por lucky
 
Está mal que te hayan pedido registrar el Poder para este trámite. La Prev. 31-10 dice claramente que la registración DE Poder es "para tramitar una prestación del SIPA".
Lo que querías presentar no tiene que ver con eso.
 #1094878  por noelin
 
ya no saben q hacer para q Anses se parezca más a una verduleria, dicho con respeto por los verduleros!!!!
 #1097781  por Pachita
 
Hola

Quiero contarles que despues de muchas idas y vueltas pude presentar el tramite en Av cordoba sin el poder que tanto pedian.

Saludos.