Hola, mi nombre es Jonatan, hace poco que me recibí de abogado, entre a trabajar en un estudio y mi jefe me tira las cosas para hacer como si fuera un entendido en todos los temas de derecho jajaja, encima él hace penal y del resto se las rebusca, asique no me queda otra que recurrir a ustedes queridos colegas a ver si me pueden dar una mano. La pregunta es bastante sencilla: hay que contestar demanda en un juicio ejecutivo?
Les hago esta pregunta porque tenemos un caso en pcia de Bs As, y como no llegabamos con el tiempo, presentamos una excepción de "inhabilidad de título", pero la idea era "contestar demanda y oponer excepcion" en un mismo escrito. Se presentó
la excepción (plazo 5 días) diciendo que cierta documental se iba a presentar al momento de "contestar la demada" (que supuestamente mi jefe me dijo que son 10 días). Ahora lo que yo no entiendo es si se debe presentar "contestación de demanda" en un juicio ejecutivo, y si esto es posible luego de haber presentado las excepciones, porque el Código Procesal no dice nada de contestacion de demanda, solo de oponer excepciones y que el escrito debe cumplir con los arts referidos a la demanda y contestación. Espero puedan ayudarme. Saludos
Les hago esta pregunta porque tenemos un caso en pcia de Bs As, y como no llegabamos con el tiempo, presentamos una excepción de "inhabilidad de título", pero la idea era "contestar demanda y oponer excepcion" en un mismo escrito. Se presentó
la excepción (plazo 5 días) diciendo que cierta documental se iba a presentar al momento de "contestar la demada" (que supuestamente mi jefe me dijo que son 10 días). Ahora lo que yo no entiendo es si se debe presentar "contestación de demanda" en un juicio ejecutivo, y si esto es posible luego de haber presentado las excepciones, porque el Código Procesal no dice nada de contestacion de demanda, solo de oponer excepciones y que el escrito debe cumplir con los arts referidos a la demanda y contestación. Espero puedan ayudarme. Saludos
