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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1096136  por DiegoChaco
 
Hola:
me rechazaron un tramite porque no computaron 1 año de aportes rrdd por no tener hechos los depósitos del empleador (según directivas de Anses, no pueden computar esos aportes, los ingnoran). O sea, castigan al inocente empleado, por el incumplimiento de su empleador. Quisiera saber si les paso y como lo resolvieron. Y si hay jurisprudencia para defender al empleado, porque voy a volver a presentar el tramite por insistencia. Es tremenda/ injusto para el empleado.
Atte
Diego
 #1096138  por MARIO1943
 
DiegoChaco escribió:Hola:
me rechazaron un tramite porque no computaron 1 año de aportes rrdd por no tener hechos los depósitos del empleador (según directivas de Anses, no pueden computar esos aportes, los ingnoran). O sea, castigan al inocente empleado, por el incumplimiento de su empleador. Quisiera saber si les paso y como lo resolvieron. Y si hay jurisprudencia para defender al empleado, porque voy a volver a presentar el tramite por insistencia. Es tremenda/ injusto para el empleado.
Atte
Diego
FIJATE SI EN EL SIPA, FIGURA LA REMUNERACION IMPONIBLE Y EL APORTE OBLIGATORIO 14%( 11% JUBILACION Y 3% O. SOCIAL), SI FIGURA Y NO HAY TRASFERENCIA ES VALIDO PARA CONSIDERARLO COMO APORTE , EN UN TODO DE ACUERDO CON EL ART. 2 D E LA LEY 24241 , QUE DICE:

Art. 2º - A los fines de la Ley 24.241, se considerarán servicios con aportes:
a) Tratándose de actividades en relación de dependencia, los períodos respecto de los cuales se hubieran devengado y retenido los aportes y contribuciones correspondientes
ESTA BIEN CLARO, AL ESTAR EN EL SIPA, ES PORQUE QUE EL EFECTUARON LA RETENCION CORRESPONDIENTE Y SI ES ASI , SON CONSIDERADOS SERVICIOS CON APORTRE

VOS NO PRESENTES NUEVAMENTE POR INSISTENCIA, SI ESTAS EN LOS PLAZOS, RECHAZA CON NOTA LA DENEGATORIA INJUSTA , YA QUE ANSES NO APLICO EL ART. 2 DE LA LEY 24241 , ESE SERIA EL FUNDAMENTO
 #1096139  por MARIO1943
 
SI REALMENTE AL TRABAJADOR LE EFECTUARON LA RETENCION Y EL EMPLEADOR NO EFECTUO LA TRANSFERENCIA ES RESPONSABLIDAD DEL EMPLEADOR , COMETIENDO UN DELITO DE RECAUDAR Y NO DEPOSITARLO A LA AFIP, COMO AGENTE D E RETENCION Y TAMBIEN ES RESPONSABILIDAD DE AFIP, QUE NO PROCEDIO A INTIMARLO PARA EL DEPOSITO DEL MISMO, TENIENDO DISPONIBLES TODOS LOS MEDIOS PARA HACERLO, LA NEGLIGENCIA DEL EMPLEADOR Y AFIP, NO S E LA PUEDEN ENDOSAR AL TRABAJADOR, QUE CASTIGUEN A LOS VERDADEROS RESPONSABLES
 #1096190  por DiegoChaco
 
MARIO1943 escribió:
DiegoChaco escribió:Hola:
me rechazaron un tramite porque no computaron 1 año de aportes rrdd por no tener hechos los depósitos del empleador (según directivas de Anses, no pueden computar esos aportes, los ingnoran). O sea, castigan al inocente empleado, por el incumplimiento de su empleador. Quisiera saber si les paso y como lo resolvieron. Y si hay jurisprudencia para defender al empleado, porque voy a volver a presentar el tramite por insistencia. Es tremenda/ injusto para el empleado.
Atte
Diego
FIJATE SI EN EL SIPA, FIGURA LA REMUNERACION IMPONIBLE Y EL APORTE OBLIGATORIO 14%( 11% JUBILACION Y 3% O. SOCIAL), SI FIGURA Y NO HAY TRASFERENCIA ES VALIDO PARA CONSIDERARLO COMO APORTE , EN UN TODO DE ACUERDO CON EL ART. 2 D E LA LEY 24241 , QUE DICE:

Art. 2º - A los fines de la Ley 24.241, se considerarán servicios con aportes:
a) Tratándose de actividades en relación de dependencia, los períodos respecto de los cuales se hubieran devengado y retenido los aportes y contribuciones correspondientes
ESTA BIEN CLARO, AL ESTAR EN EL SIPA, ES PORQUE QUE EL EFECTUARON LA RETENCION CORRESPONDIENTE Y SI ES ASI , SON CONSIDERADOS SERVICIOS CON APORTRE

VOS NO PRESENTES NUEVAMENTE POR INSISTENCIA, SI ESTAS EN LOS PLAZOS, RECHAZA CON NOTA LA DENEGATORIA INJUSTA , YA QUE ANSES NO APLICO EL ART. 2 DE LA LEY 24241 , ESE SERIA EL FUNDAMENTO
Mario, los aportes efectiva/ figuran en el SIPA, y figuran tanto LA REMUNERACION IMPONIBLE Y EL APORTE OBLIGATORIO 14%, ambos con montos 0.00 en los aporte en cuestión. Y en la parte de transferencias no sale nada, esta vacío.
 #1096267  por Emma2011
 
Si tenes los recibos de ese periodo no reconocido y los ofreces como prueba, donde constnan las retenciones, te la aprueban.-
 #1096302  por MARIO1943
 
DIEGO
SI FIGURA EN EL SIPA CERO PESOS EN REMUNERACIONES, DURANTE 12 MESES, ES PORQUE EL EMPLEADOR LO DECLARO MENSUALMENTE EN EL F. 931 DD.JJ , PORQUE NO COBRO REMUNERACIONES, PUEDE SUCEDER LO SIGUIENTE , PORQUE JUSTO SON 12 MESES, ES RESERVA DE PUESTO, NO COBRO REMUNERACION, YA QUE FIGURA CERO PESOS, EL EMPLEADOR POR MAS QUE NO HAGA LA TRANSFERENCIA, EN LA DECLARACION JURADA F. 931, TIENE QUE INDICAR LA REMUNERACION, COMO SUCEDE LA MAYORIA D E LAS VECES Y EN TRANSFERENCIA FIGURA CERO PESOS

ESTO DICE LA NORMATIVA DEL F. 931
Durante la reserva de puesto no se liquida sueldo, no se hacen aportes, ni contribuciones patronales de ningun tipo. Se abona el seguro de vida. En el F931 en condicion se coloca reserva de puesto, en sueldo 0. Pero lo tiene que informar durante toda la reserva, por que la relacion laboral esta vigente y el trabajador tiene la cobertura de obra social. >

FIJATE COMO DICE EMMA, EN LOS RECIBOS D E SUELDOS QUE ES LO QUE TIENE, DE AHI VA A SURGIR QUE PUEDE HABER PASADO, EL EMPLEADOR NO PUEDE DEJAR D E OMITIR EN DD.JJ , SI HUBO PAGO D E REMUNERACIONES, ESTA DECLARANDO EN ESTE CASO QUE NO HUBO PAGO D E REMUNERACIONES
 #1096328  por DiegoChaco
 
Hola gente, gracias por la ayuda, 2 aclaraciones:
1 - Lamentablemente el cliente no tiene ningún recibo de sueldo. Solo tenemos el certific de Historia laboral del IERIC (son aportes de empleado de la construcc). Tampoco tiene la libreta de fondo de desempleo.
2- Tiene aporte con la misma empresa constructora desde 09/1996 al 07/1998, de los cuales 11 meses figuran en cero (09/1996 al 07/1997), el resto de los meses figuran correcta/ con sus remunerac y transferencias. Así que se deduce q no hay reserva de puesto. Es lo que hay.
 #1096336  por MARIO1943
 
DiegoChaco escribió:Hola gente, gracias por la ayuda, 2 aclaraciones:
1 - Lamentablemente el cliente no tiene ningún recibo de sueldo. Solo tenemos el certific de Historia laboral del IERIC (son aportes de empleado de la construcc). Tampoco tiene la libreta de fondo de desempleo.
2- Tiene aporte con la misma empresa constructora desde 09/1996 al 07/1998, de los cuales 11 meses figuran en cero (09/1996 al 07/1997), el resto de los meses figuran correcta/ con sus remunerac y transferencias. Así que se deduce q no hay reserva de puesto. Es lo que hay.
LA UNICA QUE QUEDA ES QUE LA EMPRESA EXISTA, NO VEO OTRA SALIDA, ANSES ESTA EN TODO SU DERECHO DE NO COMPUTARLO, NO HAY INDICIO D E RETENCION, LO RARO ES QUE SEGUN LO QUE VOS PASAS, ENTRO SIN COBRAR SUELDO DURANTE 11 MESES, NO CIERRA
 #1099934  por DiegoChaco
 
Mario, yo lo que pienso es que el trabajador si cobro el sueldo esos 11 meses, solo que la empresa no hizo los aportes y contribuc c el 931 de esos periodos.
 #1135624  por DiegoChaco
 
Hola, les quiero contar que finalmente presente este tramite jubilat por insistencia, y después de varios meses y verificación mediante, ma salió aprobada la jubilación.
Sds
Diego
 #1135717  por MARIO1943
 
DiegoChaco escribió:Hola, les quiero contar que finalmente presente este tramite jubilat por insistencia, y después de varios meses y verificación mediante, ma salió aprobada la jubilación.
Sds
Diego
QUE BUENO, GRACIAS POR INFORMAR