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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1096118  por carola76
 
Hola... tengo un caso complicado donde tengo que prorratear entre 3 regímenes.
mi duda ahora es que, en una empresa que ya desapareció, mi cliente fue camionero. tiene como fecha de ingreso 01/09/1983 como auxiliar A, luego en abril de 1996 lo cambian a auxiliar B y en julio 1998 a auxiliar especializado B
esas categorías pertenencen a chofer??
porque luego en la certificación colocan en servicio prestados: auxiliar especial B (chofer).
y yo no se qué van a consderar en Anses...
bueno, gracias y saludos.
 #1096143  por MARIO1943
 
carola76 escribió:Hola... tengo un caso complicado donde tengo que prorratear entre 3 regímenes.
mi duda ahora es que, en una empresa que ya desapareció, mi cliente fue camionero. tiene como fecha de ingreso 01/09/1983 como auxiliar A, luego en abril de 1996 lo cambian a auxiliar B y en julio 1998 a auxiliar especializado B
esas categorías pertenencen a chofer??
porque luego en la certificación colocan en servicio prestados: auxiliar especial B (chofer).
y yo no se qué van a consderar en Anses...
bueno, gracias y saludos.
COMO FIGURA EN LA CERT. D E SERVICIOS COMO INSALUBRES O COMUNES?
 #1096170  por periquita
 
MARIO1943 escribió: COMO FIGURA EN LA CERT. D E SERVICIOS COMO INSALUBRES O COMUNES?


Menciona algún decreto de insalubridad?

Saludos
 #1096173  por carola76
 
Hola Mario, en la certificación (hecha a mano en el 2002) dice solo "auxiliar especial B (chofer).
no aclara insalubre o común... de ahí mi duda cómo tomará Anses esto.
ahora descubrí en los recibos de sueldo que cuando estaba como auxiliar A, aportaba a la obra social OSECAC y sindicato Centro Empleados de comercio (ahi ya no es camionero).
y cuando lo pusieron como auxiliar B, seguía aportando para OSECAC y centro de empleados de comercio, pero en los rubros pagados figura "adicional chofer".
entonces, aportó como común o como chofer??
me valgo de la certificación, o de los recibos de sueldo?
pongo hasta marzo 1996 común y desde abril 1996 chofer y lo pruebo con los recibos??
si bien, no todos los años en esa empresa fue chofer, lo fue en su gran mayoría, solo que realizaron mal los recibos y ahora las consecuencias.
gracias. saludos
 #1096187  por JUANJOSE47
 
Para aclarar un poco la situacion vayamos al Convenio 130/75
Empleados de Comercio
Tener presente que en la mayoria de los convenios de esa epoca estaba
incluida la categoria de chofer situación que cambio despues por la presencia
del Sr. Moyano que poco a poco fue sacando de dichos convenios esa categoria
por encuadre sindical o lo que fuera, para llevar mas afiliados a su sindicato
Ahora bien veamos el Articulo 8º del citado convenio colectivo de trabajo
Personal Auxiliar
Auxiliar a) Ayudante de choferes de corta distancia de vehiculos automotores de
cualquier tipo afectados al reparto, transporte yo tareas propias del establecimiento,
Auxiliar b) Choferes de corta distancia de vehiculos automotores de cualquier tipo
afectados al reparto, transporte y7o tareas propias del establecimiento,
Personal Auxiliar Especializado
Auxiliar especializado a) ayudantes de Choferes de larga distancia etc. etc
Auxiliar especializado b) Choferes de larga distancia, etc etc.
En consecuencia, estan bien los recibos de sueldos y que hayan aportado al sindicato y
OSECAC
Para quedarnos con la certificacion que seria la que correspònde, coinciden los periodos
con los recibos ????
En el proximo envio, le voy a dar una idea de lo que habia que tener en cuenta para
este caso
Saludos
 #1096256  por JUANJOSE47
 
JUANJOSE47 escribió:Para aclarar un poco la situacion vayamos al Convenio 130/75
Empleados de Comercio
Tener presente que en la mayoria de los convenios de esa epoca estaba
incluida la categoria de chofer situación que cambio despues por la presencia
del Sr. Moyano que poco a poco fue sacando de dichos convenios esa categoria
por encuadre sindical o lo que fuera, para llevar mas afiliados a su sindicato
Ahora bien veamos el Articulo 8º del citado convenio colectivo de trabajo
Personal Auxiliar
Auxiliar a) Ayudante de choferes de corta distancia de vehiculos automotores de
cualquier tipo afectados al reparto, transporte yo tareas propias del establecimiento,
Auxiliar b) Choferes de corta distancia de vehiculos automotores de cualquier tipo
afectados al reparto, transporte y7o tareas propias del establecimiento,
Personal Auxiliar Especializado
Auxiliar especializado a) ayudantes de Choferes de larga distancia etc. etc
Auxiliar especializado b) Choferes de larga distancia, etc etc.
En consecuencia, estan bien los recibos de sueldos y que hayan aportado al sindicato y
OSECAC
Para quedarnos con la certificacion que seria la que correspònde, coinciden los periodos
con los recibos ????
En el proximo envio, le voy a dar una idea de lo que habia que tener en cuenta para
este caso
Saludos
Agrego que Adicional Chofer corresponde al pago de los Kms. realizados en el mes
Por los Primeros 100 Kms. $ 0.88 el Km. (ejemplo valores ultimo convenio)
Mas de 100 Kms. $ 1.02 el Km. (ejemplo: valores ultimo convenio)
saludos
 #1096313  por MARIO1943
 
carola76 escribió:Hola Mario, en la certificación (hecha a mano en el 2002) dice solo "auxiliar especial B (chofer).
no aclara insalubre o común... de ahí mi duda cómo tomará Anses esto.
ahora descubrí en los recibos de sueldo que cuando estaba como auxiliar A, aportaba a la obra social OSECAC y sindicato Centro Empleados de comercio (ahi ya no es camionero).
y cuando lo pusieron como auxiliar B, seguía aportando para OSECAC y centro de empleados de comercio, pero en los rubros pagados figura "adicional chofer".
entonces, aportó como común o como chofer??
me valgo de la certificación, o de los recibos de sueldo?
pongo hasta marzo 1996 común y desde abril 1996 chofer y lo pruebo con los recibos??
si bien, no todos los años en esa empresa fue chofer, lo fue en su gran mayoría, solo que realizaron mal los recibos y ahora las consecuencias.
gracias. saludos
ES CONFUSO EL ENCUADRAMIENTO Y MAS POR LO QUE EXPLICA JUAN JOSE, QUE SE PRESENTE EN EL MINISTERIO D E TRABAJO CON TODOS LOS RECIBOS Y CERTIFICACION, QUE CITEN AL EMPLEADOR PARA QUE EL MINISTERIO D E TRABAJAO QUE ES LA AUTORIDAD DE APLICACION , LE DE EL ENCUADRAMIENTO QUE CORRESPONDA MEDIANTE ACTA, CON ESO HACE LOS CALCULOS PARA EL PRORRATEO Y LO PRESENTAS EN ANSES AVALADO POR ACTA DE MT
 #1096463  por JUANJOSE47
 
Para mayor claridad vamos a analizar el presente tema
La Ley 20740 del 04.09.1974 estableció un régimen especial de jubilación
para choferes (urbano, interurbano y de larga distancia)
Esa ley fijaba una contribución patronal adicional de dos(2) puntos porcentuales
para los empleados afectados que ingresaran en dicho régimen especial.......
Dicha contribución adicional fue derogada por la Ley 22293 del año 1980
Que ocurre en la practica cuando debemos presentar ante el Anses un tramite
de Jubilacion de un Chofer... Este organismo nos pide que en el formulario de
Servicios y Remuneraciones(actualmente realizado on line) aparezca el codigo
de caracter de los servicios 05-Servicios privilegiados o diferenciados..
Ello es imposible porque la base de datos de Anses toma la información que
presenta el Empleador del Formulario 931 -AFIP-DGI, y al estar derogada
la obligacion de pago de la contribucion patronal adicional , va a aparecer
siempre el Codigo 01-Servicios Comunes....si bien cargamos manualmente
en oficios u ocupación "Chofer "
Asi presentado la Udai nos va a rechazar el tramite !!!!
Como lo arreglamos ????
Ponemos en Observaciones: Categoria: Chofer Larga Distancia CCT 40/1989 Servicios Privilegiados
y lo aceptan perfectamente
Ahora hasta aqui hable de un convenio colectivo de trabajo que tiene bien marcadas sus categorias
profesionales y que es el mas especifico para la actividad de los choferes...
Que pasa con el Convenio 130/1975 Empleados de Comercio que es anterior en el tiempo al comentado
anteriormente..--
Tambien tiene la categoria de choferes incluidos en Auxiliar B) los de corta distancia
y Auxiliar Especializado B) de los de larga distancia....
Si la categoria no esta tan marcada como el 40/89 dado que aparecen nombrados en el convenio
al final de una enumeracion de tareas, no dejan por ello de ser Choferes...
Por eso el Sr. Moyano se los quiere llevar a todos para su gremio, y tenemos un antecedente reciente
de la firma "Maxiconsumo SA", donde despues de la presentacion de un recurso de Camioneros
el Ministerio de Trabajo de la Nacion falló a que siguieran perteneciendo los choferes de esta empresa
a Empleados de Comercio...
Ahora bien en este caso tenemos una empresa que no esta mas....
Si la empresa existiera podíamos pedir rehacer la Certificación
colocando en Observaciones: Chofer Larga Distancia (Auxiliar Especializado B) Convenio 130/1975
Servicios Privilegiados (que es la categoría en la que figura en el formulario manual)
Considero que no hay que hacer encuadre sindical porque ya hay mucha jurisprudencia al respecto
y este caso la empresa ya no existe.....
Entonces que hacemos?????
Chequeamos los recibos de sueldos en nuestro poder con la certificacion de servicios (manual)
si están bien los importes y también con lo que la empresa declaro en su formulario 931
mensual (pedir detalle en Anses o verlo en Mi Anses con la clave de la Seguridad Social del interesado)
Si hay alguna duda hacer una consulta previa en Anses llevando toda la documentación
Certificación Servicios, Recibos Sueldos, Copia Convenio 130/1975 etc.
Espero que todo lo explicado le sea de utilidad
Saludos
 #1096476  por MARIO1943
 
carola76 escribió:Mario, el empleador no existe más... Igualmente q concurra al ministerio de trabajo?
SI,AL NO EXISTIR MAS EL EMPLEADOR CON MAS RAZON TENES QUE IR , PARA QUE ELLOS CERTIFIQUEN QUE LA ACTIVIDAD DE CHOFER DEL CONVENIO TAL... , SE ENCUENTRA ENCUADRADO DENTRO DE LA ACTIVIDAD D E TRANSPORTE D E CARGA CONTEMPLADA EN EL DECRETO 20740 ART.1 Y CON ESA CERTIFICACION ES MAS QUE SUFICIENTE ,YA QUE LA MISMA ES INDISCUTIBLE YA QUE EL MINISTERIO D E TRABAJO ES LA AUTORIDAD D E APLICACION EN CUANTO A LAS TAREAS INSALUBRES, TENES QUE LLEVAR LOS RECIBOS DE SUELDOS
 #1096569  por MATANGA19
 
Coincido con mario si no te parece en la certificacion la insalubridad, anses no da muchas vueltas y te lo toma comunes, dirigite al ministerio de trabajo y que ellos te certifiquen la insalubridad
 #1096600  por JUANJOSE47
 
Si vamos a la realidad, para que el Anses compute los años de servicios realizados dentro del
régimen diferencial (en este caso: Choferes), es indispensable que el empleador indique
05-Servicio Diferenciado, en campo correspondiente al Código de Condición del Trabajador
caso contrario, al confeccionar el formulario de Certificacion de Servicios y Remuneraciones
el sistema lo expresara como servicios comunes.-En este ultimo caso, para que dicha certificacion
de servicios sea emitida correctamente, y Anses compute los años de servicio al regimen especial
el empleador debería rectificar las DDJJ Formulario 931 correspondientes a todos los
periodos donde se omitió la citada condición...
Ello seria una tarea enorme porque dicho formulario comienza a partir del 07.1994 y casi
imposible.-Por ello, por los menos en las Udai de Mar del Plata, estan aceptando el formulario
como sale (servicios comunes) con la leyenda en Observaciones; Chofer larga distancia
Convenio 40/1989 Servicios diferenciados o privilegiados
Como no he tenido ningun caso con choferes del Convenio 130.1975, y como la actividad
aparece acompañando otras en el articulo del mismo ,me surje la duda,por ello
tienen razon los comentarios de Mario y Matanga sobre la probatoria en este caso
especial
Saludos