El proceso de constitución es más o menos claro, pero hoy por hoy, si lo constituí en un proceso ya iniciado, debo pedir que se ordene su notificación por cédula? En la mayoría de los Juzgados así se ha dispuesto, pero algunos se limitan a ordenar se tenga presente.
Entiendo que por un principio de prudencia debería notificarse por cédula.
Entiendo que por un principio de prudencia debería notificarse por cédula.
Antes de preguntarte si podrías conseguir algo para tu cliente, preguntate si deberías hacerlo, esto es, si es justo, según tu conciencia. Sos el primer juez de la causa...
