Muy buenas a todos. Llegó un caso al estudio que se me dificulta dilucidar bien el tema de la responsabilidad. Sucede que: La cliente es la mamá del joven accidentado. El joven de 16 años se accidentó y se fracturó el antebrazo. Cómo fue? Fue llamado por el transportista de un camión -como ya había sucedido en dos o tres ocasiones anteriores- para ayudar a descargar los muebles que transportaba para una mueblería. El camión pertenece a una empresa de transporte. Se suelta uno de los muebles y el chico se fractura al tratar de recibirlo. Mi pregunta es: Se aplica la responsabilidad del 1113? Si alguien es tan amable y me orienta... Desde ya muchas gracias.
entiendo que si vas por el 1113 tenes que ir contra el dueño del era el mueble, porque se lesiona con el mueble sin accion alguna del camion.
ahora bien entiendo que todo seria mas facil de encarar el tema contra el empleador, y tomandolo como una relacion laboral
