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 #1096320  por Adrianasoniapatricia
 
Mi padre falleció. Su concubina compró antes de su fallecimiento bienes muebles con la extensión de la tarjeta de crédito cuyo titular fuera el causante. Esos bienes, conforman el acervo hereditario?.
Por otra parte, el automóvil se encuentra registrado en un 50% a nombre de mi padre y en un 50% a nombre de mi padre. Tras el fallecimiento lo sigue usando la mujer. Puedo pedir la venta? debo iniciar la sucesión y llegar a la declaratoria de herederos antes?. Y si choca? puedo pedir que se prohiba el uso?
 #1096343  por santiheladero
 
Adrianasoniapatricia escribió:Mi padre falleció. Su concubina compró antes de su fallecimiento bienes muebles con la extensión de la tarjeta de crédito cuyo titular fuera el causante. Esos bienes, conforman el acervo hereditario?.
Por otra parte, el automóvil se encuentra registrado en un 50% a nombre de mi padre y en un 50% a nombre de mi padre. Tras el fallecimiento lo sigue usando la mujer. Puedo pedir la venta? debo iniciar la sucesión y llegar a la declaratoria de herederos antes?. Y si choca? puedo pedir que se prohiba el uso?
no forman el acervo pero con el nuevo codigo civil, los concubinos pueden llear a responder ambos por deudas contraidas por uno de ellos. Tenes q conusltar a un abogado q haga la sucesion, te asegure tu legitima, y pida las medidas cautelares q correspondan sobre los bienes.
 #1096429  por DRA. MACA
 
santiheladero escribió:
Adrianasoniapatricia escribió:Mi padre falleció. Su concubina compró antes de su fallecimiento bienes muebles con la extensión de la tarjeta de crédito cuyo titular fuera el causante. Esos bienes, conforman el acervo hereditario?.
Por otra parte, el automóvil se encuentra registrado en un 50% a nombre de mi padre y en un 50% a nombre de mi padre. Tras el fallecimiento lo sigue usando la mujer. Puedo pedir la venta? debo iniciar la sucesión y llegar a la declaratoria de herederos antes?. Y si choca? puedo pedir que se prohiba el uso?
no forman el acervo pero con el nuevo codigo civil, los concubinos pueden llear a responder ambos por deudas contraidas por uno de ellos. Tenes q conusltar a un abogado q haga la sucesion, te asegure tu legitima, y pida las medidas cautelares q correspondan sobre los bienes.
Vos sos un sinverguenza que se creo un usuario DR GRACIOSO, solo a loa fines de insultarme y ahora entrás acá y te haces el boludo, sabes que? Asi como me rompiste las pelotas semanas contestando todos y cada uno de mis post diciendo "dotora, como sabe" y estupideces asi, ahora BANCATELA QUE TE VOY A HACER LO MISMO QUE ME HICISTE Y TE LA VAS A TENER QUE BANCAR.

AHORA JODETE.