Buenas estimados colegas. Tengo una caso que se me presentan muchas dudas. El tema es el siguiente. . Vino a mi estudio un cliente con un caso muy particular.. resulta que los locales comerciales que tenía alquilado por una casa que se dedica a vender artículos para el hogar ( alquiler que lo realizó gracias a los servicios prestado por una inmobiliaria) sufrió un robo y por consecuencia de ese robo, los delincuentes, prendieron fuego dicho local comercial, lo cual produjo la pérdida de todo lo que estaba dentro, incluso la habitabilidad del local comercial. .. mi pregunta es. ¿se podría responsabilizar de alguna manera a la inmobiliaria que fue la que confeccionó y celebró el contrato con el inquilino? ? ¿se podría responsabilizar al inquilino de alguna u otra forma? Exceptuando que el código civil argentino dice que "por caso fortuito, actos de terceros, aún en caso de enemistad contra el locatario, los daños serán a cargo del locador"; dentro del contrato de locación hay una cláusula de exoneracion de responsabilidad por caso fortuito, incendio, fuerza mayor, etc a favor del locador..
espero que me ayuden con este caso ya que como soy nuevo en la profesión necesitaría de la ayuda de personas con más experiencia dentro de la profesión.
espero que me ayuden con este caso ya que como soy nuevo en la profesión necesitaría de la ayuda de personas con más experiencia dentro de la profesión.
