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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1097760  por vivi1502
 
Hola hago una consulta para ver si alguno lo ha hecho. Mi idea es sacar turno para registrar poder y el mismo día que saco ese turno sacar para presentar la jubilación (MORATORIA VIEJA, aclaro por las dudas) así voy ganando tiempo. El turno para presentar la jubilación lo sacaría por titular, pero mi duda es si puedo directamente presentarme yo con el poder registrado y todo ya firmado para que solo tenga que ir un solo día el titular. Lo toman en las UDAI de provincia??
Gracias y saludos
 #1097762  por Karina_
 
Hola, en general yo voy al turno para registracion de poder, y también pido que certifique toda la documentación. Después saco turno para inicio, como apoderado, porque en algunas UDAI si saca turno el titular te exigen que vaya. Tambien pedi que te certifiquen una copia del DNI de tu cliente, pero tene en cuanta que si el turno te toca en una UDAI diferente a la que te certifico la documental, te van a pedir que presentes el original. Suerte!
 #1097769  por rosanaaffi
 
No creo que tengas inconveniente si el titular va a estar con vos, lo inicias por titular y el poder lo agregas al expediente.Sdos.
 #1097818  por vivi1502
 
Gracias por las respuestas. La cuestión es que yo certificaría todo en el turno de registro de poder y despues al turno iría sin la persona. La idea es sacar turno en la misma UDAI. Me lo rechazaran??
 #1097828  por martita
 
No creo que te tomen el trámite como apoderada si está pedido como titular. Sería un milagro. A mi no me dejaron hace un tiempo y ya ni lo intento.
No pierdas el tiempo Andá con el titular (para ahorrar tiempo) o pedí otro turno una vez que tengas registrado el poder llevando por supuesto el día del inicio todos los formularios con firma certificada + Dni original del titular (ó fotocopia certificada en la misma Udai en la que presentes)
 #1097857  por vivi1502
 
Ya que no me lo van a tomar pregunto, el turno que sacamos para registro de poder interrupte el lapso de los 30 días que tenemos para cobrar el retroactivo desde la fecha de presentación del SICAM? Porque ese es mi problema que se me pasa esa fecha. Gracias!