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  • Comsulta urgente-IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA

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 #1097967  por Catalina2009
 
Buenos días foristas:
He leído el instructivo correspondiente, como así también varios post de aquí y hay algo que no entiendo.(sepan perdonar)
He iniciado una sucesión en Pcia.de Bs As. con tres bienes, uno situado en la Pcia. de Bs As. y los otros dos en Capital Federal (CABA).
Le declaración para el pago del impuesto a la herencia la debo calcular 1.-)con relación a los tres bienes o sólo entra el bien radicado en Pcia de Buenos Aires.- y 2.-) lavaluaciñon a tener en cuenta es la fiscal o la valuación para el impuesto al acto?
Muchas gracias.
 #1097975  por abogado_1987
 
Catalina2009 escribió:Buenos días foristas:
He leído el instructivo correspondiente, como así también varios post de aquí y hay algo que no entiendo.(sepan perdonar)
He iniciado una sucesión en Pcia.de Bs As. con tres bienes, uno situado en la Pcia. de Bs As. y los otros dos en Capital Federal (CABA).
Le declaración para el pago del impuesto a la herencia la debo calcular 1.-)con relación a los tres bienes o sólo entra el bien radicado en Pcia de Buenos Aires.- y 2.-) lavaluaciñon a tener en cuenta es la fiscal o la valuación para el impuesto al acto?
Muchas gracias.
5.1.2¿Quiénes son contribuyentes del impuesto?

Son contribuyentes del impuesto las personas de existencia física o jurídica beneficiarias de una transmisión gratuita de bienes cuando:
a) Se encuentren domiciliadas en la Provincia.
b) Encontrándose domiciliadas fuera de la provincia de Buenos Aires, el enriquecimiento patrimonial provenga de una transmisión gratuita de bienes existentes en el territorio de la Provincia.

http://www.arba.gov.ar/Informacion/Preg ... idTema=113
 #1097976  por abogado_1987
 
Catalina2009 escribió:Buenos días foristas:
He leído el instructivo correspondiente, como así también varios post de aquí y hay algo que no entiendo.(sepan perdonar)
He iniciado una sucesión en Pcia.de Bs As. con tres bienes, uno situado en la Pcia. de Bs As. y los otros dos en Capital Federal (CABA).
Le declaración para el pago del impuesto a la herencia la debo calcular 1.-)con relación a los tres bienes o sólo entra el bien radicado en Pcia de Buenos Aires.- y 2.-) lavaluaciñon a tener en cuenta es la fiscal o la valuación para el impuesto al acto?
Muchas gracias.
"... Bienes inmuebles: Al presionar el botón “agregar”, la aplicación muestra la pantalla donde debe cargarse los datos del bien que se transmite. Si el inmueble esta radicado en provincia de Buenos Aires, es obligación cargar la partida inmobiliaria, devolviendo el sistema los datos de valuación fiscal, valor inmobililario de referencia y valuación al acto ..."
http://www.arba.gov.ar/archivos/Publica ... vo_tgb.pdf

ARTÍCULO 101. El valor de bienes en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires se determinará del siguiente modo:
1) (Texto según Ley 14200) Inmuebles: Se considerarán los valores que surjan de la última valuación fiscal vigente a la fecha del hecho imponible ajustada por el coeficiente corrector que fije la Ley Impositiva en el marco del artículo 241 del Código Fiscal –Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2004)...
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 14044.html
 #1098039  por Catalina2009
 
abogado_1987 escribió:
Catalina2009 escribió:Buenos días foristas:
He leído el instructivo correspondiente, como así también varios post de aquí y hay algo que no entiendo.(sepan perdonar)
He iniciado una sucesión en Pcia.de Bs As. con tres bienes, uno situado en la Pcia. de Bs As. y los otros dos en Capital Federal (CABA).
Le declaración para el pago del impuesto a la herencia la debo calcular 1.-)con relación a los tres bienes o sólo entra el bien radicado en Pcia de Buenos Aires.- y 2.-) lavaluaciñon a tener en cuenta es la fiscal o la valuación para el impuesto al acto?
Muchas gracias.
"... Bienes inmuebles: Al presionar el botón “agregar”, la aplicación muestra la pantalla donde debe cargarse los datos del bien que se transmite. Si el inmueble esta radicado en provincia de Buenos Aires, es obligación cargar la partida inmobiliaria, devolviendo el sistema los datos de valuación fiscal, valor inmobililario de referencia y valuación al acto ..."
http://www.arba.gov.ar/archivos/Publica ... vo_tgb.pdf

ARTÍCULO 101. El valor de bienes en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires se determinará del siguiente modo:
1) (Texto según Ley 14200) Inmuebles: Se considerarán los valores que surjan de la última valuación fiscal vigente a la fecha del hecho imponible ajustada por el coeficiente corrector que fije la Ley Impositiva en el marco del artículo 241 del Código Fiscal –Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2004)...
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 14044.html

Muchas gracias abogado1987, siempre tan claro!
se me presentaban dudas con la interpretación, cuando el texto dice: " ...comprenda o afecte uno o más bienes situados en la Provincia y/o - beneficie a personas físicas o jurídicas con domicilio en la misma, estará alcanzado con el impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes..." *leo*
 #1098140  por abogado_1987
 
Catalina2009 escribió:
abogado_1987 escribió:
Catalina2009 escribió:Buenos días foristas:
He leído el instructivo correspondiente, como así también varios post de aquí y hay algo que no entiendo.(sepan perdonar)
He iniciado una sucesión en Pcia.de Bs As. con tres bienes, uno situado en la Pcia. de Bs As. y los otros dos en Capital Federal (CABA).
Le declaración para el pago del impuesto a la herencia la debo calcular 1.-)con relación a los tres bienes o sólo entra el bien radicado en Pcia de Buenos Aires.- y 2.-) lavaluaciñon a tener en cuenta es la fiscal o la valuación para el impuesto al acto?
Muchas gracias.
"... Bienes inmuebles: Al presionar el botón “agregar”, la aplicación muestra la pantalla donde debe cargarse los datos del bien que se transmite. Si el inmueble esta radicado en provincia de Buenos Aires, es obligación cargar la partida inmobiliaria, devolviendo el sistema los datos de valuación fiscal, valor inmobililario de referencia y valuación al acto ..."
http://www.arba.gov.ar/archivos/Publica ... vo_tgb.pdf

ARTÍCULO 101. El valor de bienes en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires se determinará del siguiente modo:
1) (Texto según Ley 14200) Inmuebles: Se considerarán los valores que surjan de la última valuación fiscal vigente a la fecha del hecho imponible ajustada por el coeficiente corrector que fije la Ley Impositiva en el marco del artículo 241 del Código Fiscal –Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2004)...
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 14044.html

Muchas gracias abogado1987, siempre tan claro!
se me presentaban dudas con la interpretación, cuando el texto dice: " ...comprenda o afecte uno o más bienes situados en la Provincia y/o - beneficie a personas físicas o jurídicas con domicilio en la misma, estará alcanzado con el impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes..." *leo*
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