Estoy un poco oxidado con la nueva moratoria pq casi no la he utilizado. Tengo la sgte duda:
De acuerdo a la probatoria de aut 555/10 hay q respetar el PUC a partir del 10/1993
Cuando calculamos bajo L.26970, podemos modificar la sit de revista (sin seguir el PUC) hasta el 12/2003 o rige la res 555/10 (como si trabajara bajo L. 24476)?
Por lógica entiendo que sí, pero aguardo confirmación
Gracias
De acuerdo a la probatoria de aut 555/10 hay q respetar el PUC a partir del 10/1993
Cuando calculamos bajo L.26970, podemos modificar la sit de revista (sin seguir el PUC) hasta el 12/2003 o rige la res 555/10 (como si trabajara bajo L. 24476)?
Por lógica entiendo que sí, pero aguardo confirmación
Gracias
AGDA