Buenos dias, me surgio realmente un duda importante en cuanto al siguiente problema se trata de un a matrimonio con sentencua firme y consentida en el año 2009. El esposo luego de ello paga de su bolsillo en 100% de las expensas de un bien de la sociedad conyugal, como die luego de disuelta la misma y antes de la liquidacion . Ahora bien teniendi en cuenta que pago el 100% de las expensas puede pedir que ese capital se verifique como un credito a su favor en contra de la "sociedad conyugal"?. Primero me parecio que debia reclamar el 50% pero teniendo en cuenta que el credito es contra la "sociedad conyugal" (y no contra el otro conyuge) no deberia solicitar el 100%]? Gracias....