Colegas como están, se me presenta la situación siguiente:
En interdicto de recobrar, con demandado en rebeldía se dicta sentencia de restitución. Se trata de un inmueble cuyo valor fiscal es de $5.200 (cinco mil doscientos). Como no hubo manera de lograr acuerdo con mi patrocinada, la actora, he presentado tasaciones de inmobiliarias, por lo cual el valor real es muy distinto.
Ya está notificad ala sentencia, no se produjo la restitución.
Solicita la actora (mi patrocinada) se ordene lanzamiento con auxilio fza pública, tal cual lo dictamina la sentencia y se ordene librar mandamiento. Como así también se regulen honorarios.
A lo cual sale el siguiente proveido: VISTA/TRASLADO.CONFIERE
--Deberá encontrarse cumplido lo establecido por arts. 21 y 22 ley 6716.
--Previo a regulación..., conforme las pautas de fs... (tasaciones) córrase traslado a la totalidad de las partes y letrados x 5 días. Notifiquese.
Cómo prosigo?
Yo debo librar cédula a la demandada rebelde? transcribiendo este proveído ? 5 días vista.
Y con mi cliente, también le debo librar cédula ?
Letrado de la demandada no existe.
Desde luego, agradecida a quien pueda colaborar desde sus mayores años de experiencia.
Saludos.
St.
En interdicto de recobrar, con demandado en rebeldía se dicta sentencia de restitución. Se trata de un inmueble cuyo valor fiscal es de $5.200 (cinco mil doscientos). Como no hubo manera de lograr acuerdo con mi patrocinada, la actora, he presentado tasaciones de inmobiliarias, por lo cual el valor real es muy distinto.
Ya está notificad ala sentencia, no se produjo la restitución.
Solicita la actora (mi patrocinada) se ordene lanzamiento con auxilio fza pública, tal cual lo dictamina la sentencia y se ordene librar mandamiento. Como así también se regulen honorarios.
A lo cual sale el siguiente proveido: VISTA/TRASLADO.CONFIERE
--Deberá encontrarse cumplido lo establecido por arts. 21 y 22 ley 6716.
--Previo a regulación..., conforme las pautas de fs... (tasaciones) córrase traslado a la totalidad de las partes y letrados x 5 días. Notifiquese.
Cómo prosigo?
Yo debo librar cédula a la demandada rebelde? transcribiendo este proveído ? 5 días vista.
Y con mi cliente, también le debo librar cédula ?
Letrado de la demandada no existe.
Desde luego, agradecida a quien pueda colaborar desde sus mayores años de experiencia.
Saludos.
St.
