Hola a todos! tengo una duda y no encuentro respuesta.
Soy abogada de un ecargado de edificio, el administrador de Consorcio, le liquido mal el sueldo al encargado y le modifico la fecha de ingreso, se le envío una carta para solucionar el tema y el administrador no lo soluciono, se realizo intercambio telegrafico y los mismos fueron enviados al domicilio del administrador y al domicilio del edificio, y el encargado se considero despedido. El administrador solo recibió uno de los telegramas, el resto ninguno.
Se fueron a las audiencias de conciliacion obligatoria, y en ese transcurso, el Consorcio le revoca el poder al administrador y designa a nueva administración,que se presento en la ultima audiencia de conciliacion.
Mi duda es la demanda la dirijo solo al Consorcio o al administrador que provoco el despido tambien tengo q demandarla??
Espero sus respuestas, Gracias a todos.
Soy abogada de un ecargado de edificio, el administrador de Consorcio, le liquido mal el sueldo al encargado y le modifico la fecha de ingreso, se le envío una carta para solucionar el tema y el administrador no lo soluciono, se realizo intercambio telegrafico y los mismos fueron enviados al domicilio del administrador y al domicilio del edificio, y el encargado se considero despedido. El administrador solo recibió uno de los telegramas, el resto ninguno.
Se fueron a las audiencias de conciliacion obligatoria, y en ese transcurso, el Consorcio le revoca el poder al administrador y designa a nueva administración,que se presento en la ultima audiencia de conciliacion.
Mi duda es la demanda la dirijo solo al Consorcio o al administrador que provoco el despido tambien tengo q demandarla??
Espero sus respuestas, Gracias a todos.