Hola gente: Ante todo, saludos a los foreros y muy buen año para este 2008.
Agradecería me dieran opiniones sobre el siguiente tema que "sufro" con una sucesión:
Se trata de una sucesión o más bien, dos sucesiones que tramitaron en el mismo expediente: primero falleció la suegra y luego la esposa del heredero, y ambas sucesiones se terminaron acumulando. Llegó el momento de inscribir un campo que está en provincia de Buenos Aires (la sucesión tramita en Capital) y debemos pagar tasa de justicia por el bien. La inscripción se va a hacer por tracto abreviado, ya que hay un comprador. El problema es el siguiente:
1. El representante del Fisco (es decir, la oficina de la DGI de Talcahuano al 400) me informó, en un primer momento, que a pesar de haber dos "sucesiones" (ya que una falleció primero y la otra después) se abonaba una sola tasa de justicia, es decir, el 0.75% por ser extraña jurisdicción (más el 5% por bienes muebles y la sobretasa de Cassaba).
2. Sin embargo, el juzgado me dice que debo abonar dos tasas, una por cada "transmisión hereditaria".
Quise dar con la persona que me había informado en DGI pero no la pude hallar, y la que me atiende no parece compartir este criterio.
Yo siempre había considerado que se pagaba por transmisión, pero la información dada en primer término por DGI me sorprendió y me alegró. Expliqué bien esa vez que eran dos transmisiones, y me ratificaron que se abonaba una sola. Pero el Jugado sostiene que no es así.
¿Alguno de Uds. le pasó algo parecido?
Agradeceré opiniones.
Muchos saludos a todos.
Agradecería me dieran opiniones sobre el siguiente tema que "sufro" con una sucesión:
Se trata de una sucesión o más bien, dos sucesiones que tramitaron en el mismo expediente: primero falleció la suegra y luego la esposa del heredero, y ambas sucesiones se terminaron acumulando. Llegó el momento de inscribir un campo que está en provincia de Buenos Aires (la sucesión tramita en Capital) y debemos pagar tasa de justicia por el bien. La inscripción se va a hacer por tracto abreviado, ya que hay un comprador. El problema es el siguiente:
1. El representante del Fisco (es decir, la oficina de la DGI de Talcahuano al 400) me informó, en un primer momento, que a pesar de haber dos "sucesiones" (ya que una falleció primero y la otra después) se abonaba una sola tasa de justicia, es decir, el 0.75% por ser extraña jurisdicción (más el 5% por bienes muebles y la sobretasa de Cassaba).
2. Sin embargo, el juzgado me dice que debo abonar dos tasas, una por cada "transmisión hereditaria".
Quise dar con la persona que me había informado en DGI pero no la pude hallar, y la que me atiende no parece compartir este criterio.
Yo siempre había considerado que se pagaba por transmisión, pero la información dada en primer término por DGI me sorprendió y me alegró. Expliqué bien esa vez que eran dos transmisiones, y me ratificaron que se abonaba una sola. Pero el Jugado sostiene que no es así.
¿Alguno de Uds. le pasó algo parecido?
Agradeceré opiniones.
Muchos saludos a todos.