Reproduzco parrafos principales de documentos de la CSJN vinculados con los Retardos de Justicia previsionales
Comunicación que efectuó la Corte a la Cámara Federal de Seg Soc por Exped Expte CSJ 000335/2001(37-A) del año 2010 de la que extraigo su párrafo fundamental (cito)
“Más allá de las sucesivas prórrogas concedidas a la Cámara Federal de la Seguridad
Social de los plazos en curso para dictar sentencia, ellas en modo alguno eximen al
tribunal interviniente de cumplir cabalmente con la cláusula constitucional que ase-
gura a las partes un pronunciamiento fundado dictado en un lapso razonable….”(fin de cita)
Del punto 3) de los Considerandos de la Acordada 14/2014 y en la manifiesta textualmente (cito):
“Que este Tribunal tiene entera conciencia de que la medida adoptada se trata de un
mero paliativo a la situación de atolladero institucional que padece el fuero de la
seguridad social, que avanza únicamente sobre los efectos de un sistema de litigación
que, tras veinticinco años de contar con una jurisdicción especializada, se ha mostra-
do desde su génesis como ineficiente para brindar tutela judicial efectiva a demandas
de prestaciones alimentarias promovidas por personas que transitan por una condi -
ción –de adultos mayores……” (fin de cita)
Magistrales expresiones juridicas....todo sigue igual
Saludos
Comunicación que efectuó la Corte a la Cámara Federal de Seg Soc por Exped Expte CSJ 000335/2001(37-A) del año 2010 de la que extraigo su párrafo fundamental (cito)
“Más allá de las sucesivas prórrogas concedidas a la Cámara Federal de la Seguridad
Social de los plazos en curso para dictar sentencia, ellas en modo alguno eximen al
tribunal interviniente de cumplir cabalmente con la cláusula constitucional que ase-
gura a las partes un pronunciamiento fundado dictado en un lapso razonable….”(fin de cita)
Del punto 3) de los Considerandos de la Acordada 14/2014 y en la manifiesta textualmente (cito):
“Que este Tribunal tiene entera conciencia de que la medida adoptada se trata de un
mero paliativo a la situación de atolladero institucional que padece el fuero de la
seguridad social, que avanza únicamente sobre los efectos de un sistema de litigación
que, tras veinticinco años de contar con una jurisdicción especializada, se ha mostra-
do desde su génesis como ineficiente para brindar tutela judicial efectiva a demandas
de prestaciones alimentarias promovidas por personas que transitan por una condi -
ción –de adultos mayores……” (fin de cita)
Magistrales expresiones juridicas....todo sigue igual
Saludos