Hola colegas como estan???...pregunta: ¿ Es valido el despido efectuado por el emplador mediante una Fotocopia de la Carta Documento original?...maxime cuando la llevo personalmente al Sindicato para que se encargue de notificar al trabajador despedido??...Llama la atencion que el correo no halla enviado la CD en el domicilio del Trabajador cuando estaba inserta en la misma...en todo caso por lo que estuve lleyendo la responsabilidad no seria del correo ( porque solo se responsabiliza en ciertos casos taxativos establecidos en el Manuel de Notificaciones) sino del empleador por el medio elegido por la doctrina de los actos propios...Que dicen??...es valida la notificacion?...
A lo sumo será válida cómo notificación del distracto con efectos a partir del momento en que el empleador le exhibe la copia del CD, pero no suerte efectos hacia el pasado si el destinatario niega su recepción.
Saludos.