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  • Honorarios. puedo solicitar el giro?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1097697  por soly30
 
Hola! estoy haciendo una ejecución por unos honorarios impagos por la parte vencida, dentro del mismo expte. principal, se trata de un daños que tramita en capital y que lo gane. El tema es que ya le embargue un monto a la demandada ( mointo regulado mas intereses y costas), ya la cite a venta y esta firme ya que no opusieron excepciones. tambien tengo sentencia que dice:"... mandando llevar adelante la
ejecución, hasta haga íntegro pago a la ejecutante de las sumas
adeudadas, con más sus intereses y las costas." Asimismo tengo un monto menor por una liquidacion por actualización que tambien esta firme ppero aun no embargue.
Mi duda radica, en que si puede pedir giro por esas sumas embargadas ya firmes, y luego seguir con la ejecucón de lo que resta. Y si es asi, si cuando pido el giro tengo que aclarar que las sumas emargadas fueron en concepto de honorarios, intereses y costas o lo pido por el total de lo embargado?
 #1097759  por Squonk
 
Si ya tenés liquidación de honorarios aprobada y sentencia de venta, podés pedir el giro imputando las sumas a los conceptos que correspondan
 #1099683  por soly30
 
Squonk escribió:Si ya tenés liquidación de honorarios aprobada y sentencia de venta, podés pedir el giro imputando las sumas a los conceptos que correspondan
No se que estoy haciendo mal. tengo un monto ya embargado y ese monto a qcon sentencia de ejecución y vencido el plazo de citación a venta. Por otro lado una nueva liuidacion ya aprobada. Antes de pedir el nuevo embargo por las sumas de la nueva liquidación, quiero retirar los montos que esta en la cuenta del juzgado, es asi que siguiendo los consejo presente un escrito solicitado giro en estos terminos: "Que encontrándose firme la liquidación por honorarios practicada por esta parte a fs. 693/694, y atento la sentencia de fs. ... y el saldo bancario obrante a fs. , solicito se libren giros a favor de la letrada.... " Alo que el juzgado me responde: "En virtud de la liquidación de fs. 693/694, previamente deberá aclarar en concepto del giro solicitado.-"
Que es lo que estoy haciendo mal?
 #1099866  por soly30
 
Squonk escribió:Te están diciendo que imputes las sumas del giro a los conceptos que correspondan conforme la liquidación
Ok muchas gracias. Le hago otra consulta, temiendo abusar de su getileza, tendria que poner inputables a intereses y capital por honorarios. Aun no esta depositado el total? por otro lado tengo que decir algo de las costas?
 #1099881  por soly30
 
Squonk escribió:
soly30 escribió: por otro lado tengo que decir algo de las costas?
Qué costas?[/quot
Gracias nuevamente! Porque cuando se decreto el embargo me presupuesto el juzgado intereses costas de la ejecuión, mas alla de los intereses que van corriendo por la mora