Consulta simple:
En principio no dudé, pero luego no estaba seguro.
1. Empleada en negro de empresa que brinda personal para asistencia a ancianos a domicilio.
2. Empresa de personal tiene contrato con OMINT.
3. En este marco, mi cliente (empleada en negro de empresa prestadora de OMINT), cumplía servicios a favor de una afiliada de OMINT, en una casa particular.
Puede reclamar a OMINT porque es solidariamente responsable cierto? (art.29 LCT)
Gracias!
En principio no dudé, pero luego no estaba seguro.
1. Empleada en negro de empresa que brinda personal para asistencia a ancianos a domicilio.
2. Empresa de personal tiene contrato con OMINT.
3. En este marco, mi cliente (empleada en negro de empresa prestadora de OMINT), cumplía servicios a favor de una afiliada de OMINT, en una casa particular.
Puede reclamar a OMINT porque es solidariamente responsable cierto? (art.29 LCT)
Gracias!