Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SERVICIO DOMÉSTICO Y LEY 26.844

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1100918  por iuris87
 
Buenas tardes colegas, mi conflicto: (de novel abogada)...tengo que contestar demanda laboral por trabajo en negro....la actora alega servicio doméstico y ley 26.844 (Régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares). En conclusión, la actora manifiesta el cuidado de ancianos en una casa particular (bañarlos, acostarlos, levantarlos, etc etc) y ademas cumplir tareas de limpieza y quehaceres grales en el domicilio...
Estuve viendo jurisprudencia y hay bastante respecto de que, se considera el cuidado de ancianos como una "relación civil" y no laboral...pero es jurisprudencia anterior a la creación de ésta ley, la cual es del año 2013. El servicio doméstico no hay dudas que puede reclamarlo como una relación laboral, pero el CUIDADO DE ANCIANOS TAMBIEN????? PUEDO MANIFESTAR ALGÚN TIPO DE DEFENSA, RESPECTO DE LA RELACIÓN CIVIL QUE MENCIONABA???? o está bien planteado por la actora? muchas gracias al que me ayude!!!! :roll:
 #1101004  por andresxeneizes
 
los fallos a veces nos confunden, yo tengo este orden, primero leo la ley, despues si hay doctrina y despues si hay jurisprudecia
Ley 26844
ARTICULO 1° — Ambito de aplicación. La presente ley regirá en todo el territorio de la Nación las relaciones laborales que se entablen con los empleados y empleadas por el trabajo que presten en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar y que no importe para el empleador lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en que sean ocupados para tales labores.

ARTICULO 2° — Aplicabilidad. Se considerará trabajo en casas particulares a toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar. Se entenderá como tales también a la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.
 #1101008  por iuris87
 
Gracias andres!! tenes razón en lo del órden y, gracias por la clara respuesta, por lo que veo entonces está bien como planteó el reclamo la parte actora...no me queda otra que negar la relación laboral...y listo...
 #1101166  por Emma2011
 
iuris87 escribió:Buenas tardes colegas, mi conflicto: (de novel abogada)...tengo que contestar demanda laboral por trabajo en negro....la actora alega servicio doméstico y ley 26.844 (Régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares). En conclusión, la actora manifiesta el cuidado de ancianos en una casa particular (bañarlos, acostarlos, levantarlos, etc etc) y ademas cumplir tareas de limpieza y quehaceres grales en el domicilio...
Estuve viendo jurisprudencia y hay bastante respecto de que, se considera el cuidado de ancianos como una "relación civil" y no laboral...pero es jurisprudencia anterior a la creación de ésta ley, la cual es del año 2013. El servicio doméstico no hay dudas que puede reclamarlo como una relación laboral, pero el CUIDADO DE ANCIANOS TAMBIEN????? PUEDO MANIFESTAR ALGÚN TIPO DE DEFENSA, RESPECTO DE LA RELACIÓN CIVIL QUE MENCIONABA???? o está bien planteado por la actora? muchas gracias al que me ayude!!!! :roll:
La ley 26844 excluye el cuidadO TERAPEUTICO, o de profesionales...
QUEDAN EXCLUIDOS:
c) Las personas que realicen tareas de cuidado y asistencia de personas enfermas o con discapacidad, cuando se trate de una prestación de carácter exclusivamente terapéutico o para la cual se exija contar con habilitaciones profesionales específicas;
Si es un ciudado como el que has descriptio en mi opinión si es servicio domestico incluso esta especificado en las categorias de las escalas salariales:
...ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Personal con retiro Hora: $ 36 Mensual: $ 4654