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  • Legitimados Activos art 18 LRT-daño moral vía civil?

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 #1101768  por fer42
 
Estimados, una pequeña consulta, tengo un caso en donde ha fallecido el trabajador en un accidente en ocasión de trabajo. El occiso no tiene mujer(esposa) ni concubina. Sólo tiene 3 hijos mayores de edad. (uno de ellos solteros). Mi consulta, de la lectura del art 18 el cual remite al art 53 de la 24.241, nadie podría reclamar la muerte del padre? un hijo no puede reclamar el daño moral? el trabajador cuenta con art y estaba en blanco, pero la indemnización derivada de su muerte es imposible por el tenor literal del art 18 de la LRT 24.557?

Puedo demandar por vía civil por daño moral, en caso de no poder hacerlo por vía laboral?

El contexto del siniestro ocurrió en zona rural mientras el trabajador estaba haciendo tareas con rollos y uno de ellos se le cae sobre su integridad física.

Tenía pensado demandar por vía laboral planteando la inconstitucionalidad del Art 18, y subsidiariamente plantear la vía civil por daño moral,auqnue acá también choco con lo estipulado por la opción excluyente que determina la 26.773.

Alguna sugerencia y opinión?

Desde ya muchas gracias.-
 #1101787  por andresxeneizes
 
lo del 18, ahi si que no se como resolverlo, pero tampoco soy 100% especialista en LRT, por lo que quizas ya haya alguien que lo haya resuelto

ahora bien, sin perjuicio de eso hay una aclaracion, en el fuero laboral se reclama el accidente y sus consecuencias, sin importar si hubo culpa, negligencia, o un ilicito, solo es necesario que el hecho se produzca en ocasion del trabajo para que se indemnice el mismo

en civil, para reclamar hay que demostrar que en el accidente hubo culpa, negligencia o algun hecho ilicito de alguien, ojo con esta diferencia
 #1101856  por fer42
 
coincido Andres, por eso por ahi trataría de demostrar la falta de cumplimiento de la obligación de seguridad e informar que le incumbre a la ART y/o patronal.
Gracias por tu respuesta y/ opinión.-