Estimados colegas; me vino a ver una persona que acordó un juicio abreviado en un tema de accidente de tránsito y ahora no conforme quiere apelar la cuestión. Consideran viable la apelación. Agradeceré consejos. Saludos!!!!
Primero tenes que saber por que acordó un juicio abreviado. Hay 2 motivos: 1) era lo mejor para su situación por pruebas de cargo etc. 2) quien lo defendía no quería ir a juicio (por infinitas razones). Si amplias mas el tema, seria mejor.
La Apelacion es viable, en el Abreviado lo que se acuerda es el techo de la pena, y nunca el juez puede dar una pena mayor a la pedida por el Fiscal, pero nada impide que vos quieras mejorar la situación de tu defendido. Ahora como dice el colega arriba, habria que ver el caso concreto y saber porque se acordó el abreviado y que es lo que se quiere apelar, si es la pena, las costas, la modalidad de la pena etc.
Si es apelable. La apelacion esta prevista en los Arts. 439 441 442 del CPCCBA.
mi gran duda es si el plazo es de 20 dias. Entiendo que es asimilable a una sentencia definitiva.
Alguien sabe si son 20 dias.
Por otro lado, como va a la camara de apelaciones entiendo que no hay que efectuar protesta de apelar como en el caso del recurso de casacion.
Alguien podria responderme a esa inquietud. muchas gracias.