Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Empleada de casas particulares.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1101644  por Librana24
 
Hola colegas estoy por empezar una demanda de empleada casas particulares, y me puso en duda el art. 3 de la ley 26488 que habla de las que están excluidas y en su inc. f habla de barrios privados. Mi cliente trabajaba para el Barrio Nvo. Quilmes, que ley debo aplicar entonces? Gracias.
 #1101691  por andresxeneizes
 
la ley de servicios domesticos es ley especial, al estar no estar incluidos de esa ley especial, entiendo yo que va la ley general, la lct, ya que no entraria este caso dentro del art 2 inc b de la lct
 #1102044  por Librana24
 
Si Andres, yo lo había encarado por la ley de empleadas de casas particulres, pero despues lleyendo mas detenida la ley advertí que las empleadas en barrios privados están excluidas, entonces quería saber la opinión del foro al respecto. Así que la demanda va por la LCT entonces. Gracias por responder mi duda.
 #1102186  por Librana24
 
La verdad sigo confundida porque la LCT en su art 2 ... "no seran aplicables", inc b) al personal de casas particulares y la ley 26.488 tambien las excluye en art. 3 inc. f) personal de barrios privados. Estoy empantanada con esto, porque ninguna de las dos leyes me aclara.