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  • BUENA NOTICIA. No màs Registro de Poder. Circular DP 31/15

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1101772  por NORMA
 
DraLila escribió:Que buena noticia!! Por fin una buena

Este punto: "No se debe controlar la jurisdicción de presentación del
trámite"...Interpretan como que alguien por ejemplo con matrícula de abogado de capital federal, va a poder también presentarse en provincia de Buenos Aires?
Así es Lila;de hecho yo estoy matriculada en provincia y presento también en capital y nunca me hicieron ninguna observación.
 #1101776  por lucky
 
Fabidoc, la verdad no sé si atienden sólo al titular en esta Udai porque no pregunté sobre este supuesto. No veo obstáculo para que lo hagan.
Sorprende que no lo quieran hacer en otras Udai.
LO que claramente me dijo es que muchos están optando por certificar en el inicio del trámite.
 #1101838  por fabidoc
 
lucky escribió:Fabidoc, la verdad no sé si atienden sólo al titular en esta Udai porque no pregunté sobre este supuesto. No veo obstáculo para que lo hagan.
Sorprende que no lo quieran hacer en otras Udai.
LO que claramente me dijo es que muchos están optando por certificar en el inicio del trámite.
gracias lucky, igual voy a ir con mis clientes esta semana y ahí me dirán.Slds
 #1101994  por fabidoc
 
Sin embargo a mi una colega me dijo que en Villa Urquiza inició con solo con poder (sin registrar). Semana pasada. Será que cambian todos los días.
 #1102045  por zaffaroni
 
MEI38 escribió:En Villa Urquiza me dijeron que si o si se debe tener el poder registrado (salvo q cambien ahora) pero la semana pasada me dijeron eso, si inician ahí registren los poderes saludos!
ud debe ser una muy mala abogada si en lugar de regirse por las normas se deja llevar por lo que un empleaducho de anses le dice. si leyo la ultima circular debe saber muy bien que no hace falta registrar poder previamente :shock:
 #1102318  por benfer
 
Hola colegas, queria saber si alguien tuvo inconvenientes para iniciar por nueva moratoria, sin estar registrado previamente,
Puntualmente debo iniciar estos dias en san fernando y no registre el poder
 #1131255  por GH14
 
Hola! Tengo que tramitar una jubilación ordinaria, sin moratoria, la duda es, si me presento en Anses con el cliente a Certificar Identidad y Firmas ¿ debo llevar completo solo el formulario 6.4 ? o el 6.4 , el 6.18 y el 6.284? Saludos