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  • DUDA. FECHA DEL DISTRACTO?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #110224  por Lean
 
Tengo la siguiente duda. Queria saber si alguien me puede informar en que momento se produce la fecha del distracto. Es decir, si es CUANDO EL TRABAJADOR NIEGA LA RELACION LABORAL MEDIATE CD LUEGO DE HABER SIDO INTIMADO O POR EL CONTRARIO SI ES CUANDO EL TRABAJADOR ENVIA EL SEGUNDO TCL EN EL CUAL SE CONSIDERA INJURIADO Y EN SITUACION DE DESPIDO.

Es para calcular bien la indemnizacion..

 #110233  por democritus
 
El distracto se produce con el segundo telegrama, donde el trabajador se da por despedido. En realidad, técnicamente sería cuando el empleador recibe la notificación, ya que las notificaciones tienen carácter recepticio.
Así que para estar más cerca, calculá la fecha en que manda la carta donde se considera despedido.
Recomendación: esperá un tiempo prudencial antes de considerarte despedido. No sea que se crucen las cartas y lo considerés mal despedido. Ojo que las cartas en laboral son fundamentales.

 #110241  por Lean
 
Muchisimas gracias