Hola:
Necesito ayuda con lo siguiente: Pensión directa hombre nacido el 10/55 y fallecido el 04/2008. con la nueva ley-
Cuenta de autonomos relacionada, aún asi no sale nada en datos personales del SICAM, pero si hay pagos en la pestaña "pagos" entre el 80 y el 86. Si incorporo estos pagos a la situación de revista solo dos meses no tienen deuda. El resto si. Los renuncio. Pero no llegó a los 30 años porque no puedo comprar en estos períodos.-
La pregunta es la siguiente: Tengo obligación de incorporar estos pagos a la situación de revista, aunque no figure nada en "datos personales".-
Con la nueva moratoria hay que hacerlo o como permite cambiar de categoria (cosa que con la anterior no se podía) también podría obviarse la incorporación de pagos.-
Desde ya les agradezco sus comentarios.-
saludos
Necesito ayuda con lo siguiente: Pensión directa hombre nacido el 10/55 y fallecido el 04/2008. con la nueva ley-
Cuenta de autonomos relacionada, aún asi no sale nada en datos personales del SICAM, pero si hay pagos en la pestaña "pagos" entre el 80 y el 86. Si incorporo estos pagos a la situación de revista solo dos meses no tienen deuda. El resto si. Los renuncio. Pero no llegó a los 30 años porque no puedo comprar en estos períodos.-
La pregunta es la siguiente: Tengo obligación de incorporar estos pagos a la situación de revista, aunque no figure nada en "datos personales".-
Con la nueva moratoria hay que hacerlo o como permite cambiar de categoria (cosa que con la anterior no se podía) también podría obviarse la incorporación de pagos.-
Desde ya les agradezco sus comentarios.-
saludos