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  • Consulta sobre baja de oficio decreto 1299/98

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #1102018  por Romina34
 
Buenas noches!
No me dedico a derecho tributario, pero tengo el tema de un conocido y estoy tratando de ayudarlo. El hace muchos años se dió de alta en el monotributo, porque en un trabajo ingresó con esa modalidad. Luego consiguió un trabajo en relación de dependencia y cambio por este. El tema que cometió el error de muchos que fue dejar de pagar el monotributo y no darse de baja como corresponde.
Hoy se entera que fue dado de baja de oficio por la AFIP por el decreto 1299/98. Estamos hablando del año 2004 (aprox) cuando se inscribió como monotributista, no guardó nada! por lo que no tiene fechas exactas. Pero necesito entender el tema de la prescripción y la regularización en AFIP. Un contador le dijo que debe pagar desde aquel entonces a la fecha, todo le arroja como una deuda de $65.000 y si quiere adherir al plan de facilidades actual le salen cuotas altísimas.
En tema tributario se puede plantear la prescripción? porque el contador le dijo que no porque es como que la deuda se renueva mes a mes que no paga, me parece una locura!!! se puede resolver este tema abonando los períodos impagos previos a la baja del monotributo?
Si puede aclararme un poco el tema se los agradeceré!
SAludos!
 #1102036  por EstudioContableGS
 
Una locura lo que te comentó ese Contador.

Tendrás que solicitar la baja retroactiva desde la fecha en la cual dejó de tener actividad (el tema es que deberás demostrarlo de alguna forma documentada), para desligarte de la deuda reclamada desde dicha época al día de hoy y una vez producido eso, solicitar el alta nuevamente.

al margen de esto, tu Contador no conoce los temas de Prescripción?

Monotributi es de 5 años más 2 de los blanqueos, por lo cual, si te "recomienda" pagar, no te puede "recomendar" pagar desde 2004, sino, como mínimo desde 2008 en adelante (al margen de que yo te comento solicitar la Baja Retroactiva a la época real de cese de actividad).

Saludos.
 #1102055  por Romina34
 
Gracias por responder!!!!! Te agrego dos consultas:
1) la demostración que dejó de tener actividad como monotributista, podría demostrarlo con la certificación de trabajo del empleo por el cual cambio? porque ni siquiera tiene el talonario de facturas! Sobre el procedimiento de la baja retroactiva, será con alguna multinota o formulario especial a presentar en la delegación donde se dió de alta o puede ser en cualquier delegación?
2) en ese caso, no debería abonar nada? o debería abonar los períodos impagos hasta la baja de oficio?
Desde ya muchas gracias por tu ayuda!!
 #1102166  por EstudioContableGS
 
Toda notificación como Contribuyente ante AFIP, debés tramitarla ante la Agencia que te asignaron, cuando te dieron el CUIT. Si no la sabés, en la página de AFIP hay un link de "Dependencias DGI", donde ponés el domicilio y te dice la agencia que te corresponde y la dirección de la misma.

Podrías probar con esa documentación.

Por el tema de no haber sacado nunca talonario (un error) intentá decir que nunca ejerciste actividad, para ver si te autorizan la baja desde el mes posterior al alta por lo menos, o sino, al momento del alta como Empleado en Relación de Dependencia.

Saludos.
 #1102181  por Romina34
 
Muchas gracias por tu ayuda!!!!
SAludos
 #1102384  por EstudioContableGS
 
1) Me recibí en la UBA. Querés que te mande por correo la copia del Título? Sino llamá al CPCECABA y pedí mis datos. Gabriel Alejandro Sequino CUIT 20-31343859-8.

2) Leiste mal. Por un lado le dije que debe solicitar la baja retroactiva y NUNCA dije que pague hasta la actualidad (mucho menos sabiendo que no tuvo actividad). Lee que quizás la falta de trabajo y la hora de tu respuesta te hace ver cualquier cosa.

3) Lo que quizás te confundió es que le dije, que, al margen de solicitar la baja retroactiva al momento en el que dejó de tener actividad, la Prescripción en Monotributo no son 10 años, sino 5 (corrigiendo la información que tenía). Esto era sólo un dato adicional, que nada tiene que ver con la solicitud que va a tener que presentar en Agencia para pedir la baja retroactiva DESDE QUE DEJO DE TRABAJAR.

Leé de vuelta las cosas, capaz por a la una de la mañana (hora en que respondiste) los ojitos ya no responden y ves cosas que no son.

4) Es errado tu comentario, dado que si el contribuyente puede justificar que los meses que AFIP le reclama no tuvo actividad y que el tener el Impuesto activo fue un error de no haberlo dado de baja (obviamente debidamente justificado) AFIP autoriza la Baja Retroactiva. Quizás no lo conozcas esto, ya que capaz nunca saliste del escritorio y la computadora. En la Agencia se viven otras cosas.

Suerte (no te digo Exitos, porque para vos pareciera ser mucho).
 #1102485  por Romina34
 
Dra Lugano tenes pocas respuestas en el foro y me parece que no conoces las políticas del mismo. No es necesario insultar a un colega que da su opinión, se si entiende que la respuesta está mal, solo se debe hacer el comentario y aclaración, pero sin faltar el respeto ni descalificar. Me parece que vos tenes el problema, hacete ver o seguí tu camino en otro foro.

Saludos,

p/d: seguro que DraLugano debió ser una de tantas que subió al face el cartelito de Ni una menos!!!