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 #1102865  por lex30
 
HOLA: estoy super perdida con una sucesion de un automovil.
Se trata de un hombre fallecido tenia la sentencia de divorcio, el auto lo compraron casados, pero figura en el titulo, solo a nombre de el, cuando pedimos el informe de dominio, obviamente figura casado.
Ya tengo la declaratoria, en la cual declaran herederos a los padres, me piden que se presente la ex mujer para ampliar la declaratoria y asi fue.
Cuando hago el oficio para la inscripcion, solamente me lo firman si pongo un 50 % en total as dividirse entre los dos padres (o sea 25 y 25) y me queda un 50 % sin poder transferir.
El tema es que el auto ya esta vendido, hable con el gestor para ver si puede hacer que se trasmita el 50 % y el otro 50% lo firme la ex esposa directamente y me dijo que no, solo puede firmar consintiendo la venta pero no como vendedora.
lo volvi a plantear en el juzgado para que salga el oficio al 100 % a nombre de los padres, y me dijeron que no porque asi como esta esta conforme a derecho, la otra opcion que se me ocurre es que le pongan 50 % a nombre de ex, pero nose si sera viable.
Si alguno sabe como solucionar o como hacer que se trasmita el 100 % espero sus comentarios.
 #1102931  por abogado_1987
 
lex30 escribió:HOLA: estoy super perdida con una sucesion de un automovil.
Se trata de un hombre fallecido tenia la sentencia de divorcio, el auto lo compraron casados,(2) pero figura en el titulo, solo a nombre de el, cuando pedimos el informe de dominio, obviamente figura casado.
Ya tengo la declaratoria, en la cual declaran herederos a los padres, me piden que se presente la ex mujer para ampliar la declaratoria ¿? (1) y asi fue.
Cuando hago el oficio para la inscripcion, solamente me lo firman si pongo un 50 % en total as dividirse entre los dos padres (o sea 25 y 25) y me queda un 50 % sin poder transferir.
El tema es que el auto ya esta vendido, hable con el gestor para ver si puede hacer que se trasmita el 50 % y el otro 50% lo firme la ex esposa directamente y me dijo que no, solo puede firmar consintiendo la venta pero no como vendedora.
lo volvi a plantear en el juzgado para que salga el oficio al 100 % a nombre de los padres, y me dijeron que no porque asi como esta esta conforme a derecho, la otra opcion que se me ocurre es que le pongan 50 % a nombre de ex, pero nose si sera viable.
Si alguno sabe como solucionar o como hacer que se trasmita el 100 % espero sus comentarios.
(1) tené presente el
Art. 3.574. Estando separados los cónyuges por sentencia de juez competente fundada en los casos del artículo 202, el que hubiere dado causa a la separación no tendrá ninguno de los derechos declarados en los artículos anteriores.
Si la separación se hubiese decretado en los casos del artículo 203, el cónyuge enfermo conservará su vocación hereditaria. En los casos de los artículos 204, primer párrafo, y 205, ninguno de lo cónyuges mantendrá derechos hereditarios en la sucesión del otro.
En caso de decretarse separación por mediar separación de hecho anterior, el cónyuge que probó no haber dado causa a ella, conservará su vocación hereditaria en la sucesión del otro.
En todos los casos en que uno de los esposos conserva vocación hereditaria luego de la separación personal, la perderá si viviere en concubinato o incurriere en injurias graves contra el otro cónyuge.
Estando divorciados vincularmente por sentencia del juez competente o convertida en divorcio vincular la sentencia de separación personal, los cónyuges perderán los derechos declarados en los artículos anteriores.
(Artículo sustituido por art. 2° de la Ley N° 23.515 B.O. 12/6/1987.)

(2) tené presente el
Art. 1.306. La sentencia de separación personal o de divorcio vincular produce la disolución de la sociedad conyugal con efecto al día de la notificación de la demanda o de la presentación conjunta de los cónyuges, quedando a salvo los derechos de los terceros de buena fe.

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... tuloII.htm
 #1102946  por lex30
 
gracias por tu respuesta.
Ahora, por lo que yo entiendo justamente al perder la vocacion hereditaria, el oficio deberia salir con el 100 % a favor de los padres o bien asi como esta conel 50 % y firmar la ex como venderdora, pero esto ultimo me dice el gestor que no se puede.
 #1103006  por abogado_1987
 
exponés que
lex30 escribió: ... hombre fallecido tenia la sentencia de divorcio, el auto lo compraron casados, ... hago el oficio para la inscripcion, solamente me lo firman si pongo un 50 % en total as dividirse entre los dos padres (o sea 25 y 25) y me queda un 50 % sin poder transferir...(1)
si el automotor BIEN GANANCIAL se encuentra inscripto registralmente como >
lex30 escribió:... cuando pedimos el informe de dominio, obviamente figura casado....
entiendo que existen dos opciones >
1. acompañar el testimonio de inscripción del divorcio respecto del bien, ó
2. liquidar en el proceso de divorcio la indivisión post comunitaria aún existente
(1) > "La disolución de la sociedad conyugal halla su causa en el presente caso en la disolución del vínculo matrimonial habido por el divorcio decretado y no por la muerte de quien fuera la cónyuge, de lo que se tiene que no coexisten en el supuesto de indivisión post comunitaria y la comunidad hereditaria, sino que la primera antecede a la segunda y su liquidación es presupuesto necesario para la determinación posterior de los bienes integrantes del acervo hereditario respectivo" (CC100 SN 9826 RSI-290 10 I 12-8-201 Caratula: S.W.E. y M. E.E. S/ divorcio vincular Mag. Votantes:Tivano-Ribero).
 #1103019  por lex30
 
El tema es que ellos no habian hecho separación de bienes en el divorcio, el arreglo fue post muerte, con los padres, y nada por escrito, ella se quedo con un dpto y ellos con el auto, por eso digo que no hay problema de ella en cuanto a firmar para la venta del auto.
O sea que lo unico que queda es terminar en el proceso de divorcio la separacion de bienes?
Como lo puede hacer ella esto sola, digoal estar fallecido el sr., lo firman los padres como herederos?
En la practica no hay otra forma de hacerlo para que puedan hacer la transferencia lo mas rapido posible?
En resumen entonces seria asi: los padres heredan el 50% de el y el otro 50% queda para ella, pero de ser asi porque no puede firmar la venta como vendedora y listo?
 #1103164  por abogado_1987
 
lex30 escribió:El tema es que ellos no habian hecho separación de bienes en el divorcio, > Art. 1.306. La sentencia de separación personal o de divorcio vincular produce la disolución de la sociedad conyugal ... el arreglo fue post muerte, con los padres, y nada por escrito, ella se quedo con un dpto y ellos con el auto, > liquidaría en el proceso de divorcio la indivisión post comunitaria aún existente por eso digo que no hay problema de ella en cuanto a firmar para la venta del auto
O sea que lo unico que queda es terminar en el proceso de divorcio la separacion de bienes? > liquidaría en el proceso de divorcio la indivisión post comunitaria aún existente
Como lo puede hacer ella esto sola, digoal estar fallecido el sr., lo firman los padres como herederos? >
Art. 43. - Cuando la parte que actuare personalmente falleciere o se tornare incapaz, comprobando el hecho, el juez o tribunal suspenderá la tramitación y citará a los herederos o al representante legal en la forma y bajo el apercibimiento dispuestos en el artículo 53, inciso 5.

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm

En la practica no hay otra forma de hacerlo para que puedan hacer la transferencia lo mas rapido posible? entiendo que liquidaría en el proceso de divorcio la indivisión post comunitaria aún existente, desconozco otra forma
En resumen entonces seria asi: los padres heredan el 50% de el y el otro 50% queda para ella, entiendo que si pero de ser asi porque no puede firmar la venta como vendedora y listo? registralmente para el registro automotor el estado civil es CASADA, cuando en realidad el estado civil es DIVORCIADA