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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1102874  por flordeamapola
 
Hola a todos, tengo el problema de no poder cobrar honorarios por los trámites realizados por una jubillación con sdm a una clienta que le salió denegada hice todos los reclamos pertinentes la acompañe mil veces a Anses y como no le salió después de 4 años de andar de acá para allá quiero que me pague y se niega que puedo hacer....es la primera vez que me pasa, se puede reclamar judicialmente y de hacerlo cuánto debo reclamar....mil gracias :oops: :oops: :oops:
 #1102891  por lilianalp
 
lo unico que te puedo aportar es que por mi parte cobro a resultado o sea si sale el beneficio cobro, sino habré trabajado de gusto, mas si es sdm que todos sabíamos bien los riesgos que se corrían, (desde que empezaron a verificar deje de hacerlas) en todo caso, yo acostumbro en los casos que se que me van a llevar mucho tiempo y tal vez no salgan acordados porque hay algo "objetable", pedir adelanto para gastos para al menos no poner plata de mi bolsillo.-
no se que piensan los otros colegas.-
 #1102895  por MARIO1943
 
flordeamapola escribió:Hola a todos, tengo el problema de no poder cobrar honorarios por los trámites realizados por una jubillación con sdm a una clienta que le salió denegada hice todos los reclamos pertinentes la acompañe mil veces a Anses y como no le salió después de 4 años de andar de acá para allá quiero que me pague y se niega que puedo hacer....es la primera vez que me pasa, se puede reclamar judicialmente y de hacerlo cuánto debo reclamar....mil gracias :oops: :oops: :oops:
SI BIEN ES CIERTO LA LEY 24241 DICE QUE LA JUBILACION ES IMBARGABLE, HAY FALLOS QUIE DICEN QUE LOS HONORARIOS DE LOS ABOGADOS SON CONSIDERADOS COMO ALIMENTOS, TENES QUE IR A LO SEGURO, SI TIENE BIENES, AHI NO VAS A TENER PROBLEMAS DE TRABAR EMBARGOS SOBRE SUS BIENES
 #1102896  por MARIO1943
 
flordeamapola escribió:Hola a todos, tengo el problema de no poder cobrar honorarios por los trámites realizados por una jubillación con sdm a una clienta que le salió denegada hice todos los reclamos pertinentes la acompañe mil veces a Anses y como no le salió después de 4 años de andar de acá para allá quiero que me pague y se niega que puedo hacer....es la primera vez que me pasa, se puede reclamar judicialmente y de hacerlo cuánto debo reclamar....mil gracias :oops: :oops: :oops:
SI BIEN ES CIERTO LA LEY 24241 DICE QUE LA JUBILACION ES IMBARGABLE, HAY FALLOS QUIE DICEN QUE LOS HONORARIOS DE LOS ABOGADOS SON CONSIDERADOS COMO ALIMENTOS, TENES QUE IR A LO SEGURO, SI TIENE BIENES, AHI NO VAS A TENER PROBLEMAS DE TRABAR EMBARGOS SOBRE SUS BIENES
 #1102904  por Esteban25
 
Opino lo mismo cobro a resultado, si no sale la jubilacion no se cobra.
Pero si vos queres cobrarle debes hacerle juicio por cobro de honorarios, fuero civil, 2 haberes maximo te regulan y hay fallos que dicen que las jubis son embargables por honorarios y aque se asemejan a los alimentos.
 #1102995  por zaffaroni
 
flordeamapola escribió:Hola a todos, tengo el problema de no poder cobrar honorarios por los trámites realizados por una jubillación con sdm a una clienta que le salió denegada hice todos los reclamos pertinentes la acompañe mil veces a Anses y como no le salió después de 4 años de andar de acá para allá quiero que me pague y se niega que puedo hacer....es la primera vez que me pasa, se puede reclamar judicialmente y de hacerlo cuánto debo reclamar....mil gracias :oops: :oops: :oops:
en mi estudio se cobran $1000 de gastos por adelantado pero los honorarios son a resultado, si se metio con ssdd sabia los riesgos que corria como ya le dijo una de las foristas asi que ahora a llorar al campito :x estudie *leo* *leo* las leyes que regulan su ejercicio profesional antes de pensar en reclamar judicialmente
 #1103175  por MARIO1943
 
flordeamapola escribió:Les parece bien si mando una CD para intimarla y ponerla en mora antes de iniciar la demanda por cobro de honorarios.....no sé es una idea.
ESTO NOS PASO HACE UN MES, COPIO TEXTUALMENTE , EL COMENTARIO QUE HACE UNA ABOGADA, QUE TRABAJAMOS JUNTOS EN UNA JUBILACION Y QUE LA BENEFICIARIA SE NEGO A PAGAR ,

:El tema fue asi, salio un PROVEIDO donde en la SENTENCIA MONITORIA se piden MEDIDAS, puedo embargarle cualquier bien, mueble o inmueble mandando oficios a los registros de provpiedad tanto del automotor como de inmuebles que esta sra tenga a su nombre, ademas se solicita mandar oficio a los bancos para ver si tiene CUENTAS a su nombre, para embargarselas. PERO EEN LOS MISMOS OFICIOS QUE DEBERIA MANDARLES A LOS BANCOS TENGO QUE ACLARAR Y TE CITO TEXTUAL: "HAGASE SABER QUE DEBERA ABSTENERSE DE REALIZAR RETENCIONES SOBRE LOS MONTOS QUE RESULTEN DE ACREDITACION DE HABERES, JUBITACIONES Y/O PENSIONES DE LA DEMANDADA Y QUE LA MEDIDA PROSPERARA SIEMPRE QUE NO SE TRATE DE CUENTAS DESTINADAS AL PAGO DE HABERES DE TERCERAS PERSONAS"
O sea: que la puedo embargar en cualquier bien que ella tenga, MENOS LA JUBILACION, y hasta inhibirla. Pero como ella NO tiene absolutamente nada para embargarle, alquila con el hijo, no tiene auto ni nada, y si tuviera la plata que cobrò en alguna cuenta, el banco va a contestar que ese dinero es de su haber jubilatorio.Asi que desisti de seguir con todo esto. No hay caso. OTRO SERIA EL CASO SI EL TRIBUNAL ME HUBIERA CONSEDIDO QUE MIS HONORARIOS TIENEN CARACTER ALIMENTARIO, COSA QUE NO OCURRIO. ------------------------------------