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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1097598  por RiosRomina
 
Buen dia, el expediente tramitaŕa en pcia de Buenos Aires, han firmado un acuerdo de adjudicacion de bienes, entiendo que de todos modos inicio exp por disolucion de la sociedad conyugal (no tengo modelo) u homologacion de convenio
 #1097638  por buenosairesfamilia
 
Con el testimonio de la sentencia te vas a la escribanía y haces las adjudicaciones que quieras.

Si queres que tus clientes gasten plata al pedo hace un modelo basico de homologación de convenio en donde pones las pautas. Te van a pedir fotocopias de DNI y copia de la sentencia de divorcio. Tramita como incidente del divorcio.
 #1098423  por Antonia27
 
Hola ! soy nueva en el foro y en la profesion. Estoy con un divorcio y no quieren separar los bienes judicialmente. Por lo que creo llegaremos a un acuerdo extrajudicial. Simplemente con el testimonio de la sentecia de divorcio vamos a la escribania a adjudicar los bienes que correspondan? Ayudaaaa!!!! Muchas graciassss
 #1098473  por Tiburcio
 
Hay varias formas posibles. Se elige la mas práctica, económica y adaptada a los bienes y clientes.
1) Hacer un convenio privado con forma de escrito judicial pero con constancia de la fecha en la que se firma. En dos ejemplares. No se presenta al juzgado y se va cumpliendo progresivamente con los actos que hagan falta (por ejemplo firmas de 08 para automotores, consentimiento del 1277 para inmuebles, etc.). Si alguno no lo cumple el otro presenta al juez su ejemplar, pide la homologación y continúa por esa vía.
2) Escritura de adjudicación. Se lleva al escribano la constancia de la sentencia de divorcio y los términos de la adjudicación. Se hace una escritura y se inscribe.
3) Se hace el acuerdo en el mismo juicio de divorcio. La mayoría de los jueces no exige pago de tasa de justicia por el solo hecho de presentarlo. De ese modo tiene fecha cierta y consta en instrumento público. Ni siquiera hace falta pedir la homologación a menos que la conducta de alguno lo haga necesario.
 #1101588  por solcitop
 
Tiburcio escribió:Hay varias formas posibles. Se elige la mas práctica, económica y adaptada a los bienes y clientes.
1) Hacer un convenio privado con forma de escrito judicial pero con constancia de la fecha en la que se firma. En dos ejemplares. No se presenta al juzgado y se va cumpliendo progresivamente con los actos que hagan falta (por ejemplo firmas de 08 para automotores, consentimiento del 1277 para inmuebles, etc.). Si alguno no lo cumple el otro presenta al juez su ejemplar, pide la homologación y continúa por esa vía.
2) Escritura de adjudicación. Se lleva al escribano la constancia de la sentencia de divorcio y los términos de la adjudicación. Se hace una escritura y se inscribe.
3) Se hace el acuerdo en el mismo juicio de divorcio. La mayoría de los jueces no exige pago de tasa de justicia por el solo hecho de presentarlo. De ese modo tiene fecha cierta y consta en instrumento público. Ni siquiera hace falta pedir la homologación a menos que la conducta de alguno lo haga necesario.
Haciendo alusión al punto 3), no habria problema en presentarlo una vez iniciado el divorcio, es decir que se encuentre en trámite? y no me hagan pagar tasa?

Gracias!!
 #1101805  por Tiburcio
 
Se puede presentar después de la iniciación del juicio.
No debieran cobrarte tasa de justicia.
Esto que te digo es aplicable también a partir del 3 de agosto.
 #1103210  por lucha
 
Buenas tardes!
Consulta: tengo que tramitar un divorcio por presentación conjunta. En cuanto a los bienes la idea en principio es liquidar la sociedad conyugal extrajudicialmente. Mi duda es la siguiente: es válido realizar ante escribano un convenio de liquidación de Soc. Conyugal previo a la sentencia de divorcio?? Conviene hacerlo en forma extrajudicial? O es mejor en el mismo escrito de inicio de divorcio establecer un punto en cuanto a la distribución de los bienes?? Esta circunstancia torna mucho más oneroso el tramite???
Saludos y gracias!
 #1103643  por sonicobcn
 
Hola, como escribano les cuento como es la particion privada, la sentencia tiene que estar consentida y firme. Entonces sin haber presentado ningun escrito en el juzgado se hace la escritura de adjudicacion por disolucion de sociedad conyugal. Estando presentes y siendo capaces se adjudican como quieran sin tener que respetar proporcion alguna.
La parte impositiva varia entre caba y provincia, el que tenga una duda en um caso concreto le digo segun la jurisdiccion como tributa.
La adjudicacion puede ser total o parcial.
Saludos
 #1109664  por lucha
 
Buenas!! Estoy con la redacción de un divorcio por mutuo acuerdo y tengo que redactar el convenio regulador que exigen con la presentación del escrito de inicio. Mi duda es la siguiente: si en el mismo detallo como se distribuirán los bienes (dos vehículos y un inmueble), pero posteriormente hago la inscripción por fuera del divorcio, ante escribano, tengo que pagar tasa de justicia?? O puedo indicar en el convenio que harán la distribución de los bienes en forma privada y no detallo como??
Desde ya muchas gracias!!
 #1109690  por garotinia
 
Hola! lucha... tengo la misma duda que vos, estoy con matrimonio que solo posee 1 auto y 1 moto, el le paga la mitad a ella y ella le firma los 08,yo pensaba declararlo en el convenio regulador, diciendo que lo haran en forma privada,no pido la homologacion, y supongo que entonces no pueden pedir que abones tasa de justicia, sino a mi entender, con la obligatoriedad de presentar el convenio,estarian obligando tambien a las partes a abonar la tasa!!!! Por otro lado, para firmarse los 08 solo deben asistir al registro automotor no?Perdon la ignorancia pero solo hice divorcios sin bienes.Mi duda es sobre como implemento la firma del 08?Gracis!!
 #1110275  por garotinia
 
sonicobcn escribió:Hola, como escribano les cuento como es la particion privada, la sentencia tiene que estar consentida y firme. Entonces sin haber presentado ningun escrito en el juzgado se hace la escritura de adjudicacion por disolucion de sociedad conyugal. Estando presentes y siendo capaces se adjudican como quieran sin tener que respetar proporcion alguna.
La parte impositiva varia entre caba y provincia, el que tenga una duda en um caso concreto le digo segun la jurisdiccion como tributa.
La adjudicacion puede ser total o parcial.
Saludos
HOLA! Sonicobcn, gracias por tu aporte! muy claro!Yo recien empiezo y tengo un divorcio por presentacion conjunta, solo tienen 1 auto y 1 moto, para firmarse los 08 es necesario ir a una escribania? o lo pueden hacer el el registro automotor? Perdon por mi ignorancia pero es mi 1° div. con bienes, y si hay que contar con escribania,que costo tiene? estan en Pcia.Gracias!! Saludos!!
 #1110648  por nicolasbass
 
Tiburcio escribió:Se puede presentar después de la iniciación del juicio.
No debieran cobrarte tasa de justicia.
Esto que te digo es aplicable también a partir del 3 de agosto.
Si hay un divorcio con sentencia firme, se puede hacer escritura de adjudicación del 50% indiviso de un inmueble de modo extrajudicial ante escribana? Me refiero al nuevo código civil, quisiera saber si tratándose de divorcios anteriores a las modificaciones, se puede eximir de hacerlo por vía judicial.
Por otro lado el futuro adjudicatario tiene intención de escriturar su parte a nombre de sus hijos (esto es en plena conformidad de las dos partes) entonces se me ocurre como opción que firmen los dos una escritura a nombre ellos directamente, evitando así la escritura por adjudicación y todos los trámites concernientes. Me parece la forma más rápida.
Lo ven factible?
 #1116648  por marciaandrea
 
sonicobcn escribió:Hola, como escribano les cuento como es la particion privada, la sentencia tiene que estar consentida y firme. Entonces sin haber presentado ningun escrito en el juzgado se hace la escritura de adjudicacion por disolucion de sociedad conyugal. Estando presentes y siendo capaces se adjudican como quieran sin tener que respetar proporcion alguna.
La parte impositiva varia entre caba y provincia, el que tenga una duda en um caso concreto le digo segun la jurisdiccion como tributa.
La adjudicacion puede ser total o parcial.
Saludos
Graacias por tu explicación sonicobcn, si entendí bien ambas partes pueden ir con el testimonio de divorcio a una escribanía y solicitar la adjudicación de los bienes? Tengo entendido que de no hacerlo por el total del bien, una parte seguiría siendo un bien ganancial y no tendría carácter de propio, es así? Por otro lado, todos los bienes de la masa indivisa se encuentran en caba, como se maneja la parte impositiva en este caso?
Mil gracias por tu ayuda, es la primera liquidación extrajudicial que tengo.