Muy buenos días colegas y afines al derecho! Soy nuevo en el foro. Y quería arrancar con una consulta: Me vino a ver una cliente para iniciar una sucesión de su difunto esposo (mi primera sucesión y mi primer trabajo). El de cujus murió en un accidente de transito conduciendo su vehículo, el mismo tenia un seguro por robo total o parcial, incendio total o parcial y destrucción total o parcial.. Ahora bien, mi consulta es la siguiente,la mujer quiere cobrar el monto del premio pero le exigen declaratoria de herederos, una vez que obtengamos la declaratoria ella podra cobrar el total del monto ?? Por otra parte en el acervo sucesorio metimos el auto siniestrado como único bien es correcto HACER ESTO?
Tengo entendido que la prescripción para hacer efectivo el cobro es de un año contando desde el momento del siniestro, por lo q estoy por mandar una carta documento a Integrity seguros para que opere la suspension de la misma, pero no se si intimar al pago o pedir la suspensión de la prescripción en la CD. .
Muchas graciass saludos cordiales y espero alguna respuesta .-
Tengo entendido que la prescripción para hacer efectivo el cobro es de un año contando desde el momento del siniestro, por lo q estoy por mandar una carta documento a Integrity seguros para que opere la suspension de la misma, pero no se si intimar al pago o pedir la suspensión de la prescripción en la CD. .
Muchas graciass saludos cordiales y espero alguna respuesta .-