Buenas tardes, llega a mi consultorio cliente con embargo en su recibo de sueldo por accidente de transito. El nunca supo de la demanda y cuando veo el expediente la aseguradora nunca comparecio. Debo ir en forma directa contra la aseguradora? O en el mismo juicio donde se trabo el embargo. Les agradezco cualquier ayuda porque no conozco sobre accidentes de transito
MLAUS escribió:Buenas tardes, llega a mi consultorio cliente con embargo en su recibo de sueldo por accidente de transito. El nunca supo de la demanda y cuando veo el expediente la aseguradora nunca comparecio. Debo ir en forma directa contra la aseguradora? O en el mismo juicio donde se trabo el embargo. Les agradezco cualquier ayuda porque no conozco sobre accidentes de transitoSi el domicilio asignado al demandado por el actor fuere falso, tené presente el >
Art. 339. - La citación se hará por medio de cédula que se entregará al demandado en su domicilio real, si aquél fuere habido, juntamente con las copias a que se refiere el artículo 120.
Si no se le encontrare, se le dejará aviso para que espere al día siguiente y si tampoco entonces se le hallare, se procederá según se prescribe en el artículo 141.
Si el domicilio asignado al demandado por el actor fuere falso, probado el hecho, se anulará todo lo actuado a costa del demandante.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm

