Buenas colegas, la pregunta es sencilla, me dedico a laboral con lo cual las indemnizaciones laborales las cobra íntegras el trabajador sin ningún tipo de descuento así q frente a la consulta q m hicieron ayer estoy perdido. Resulta que viene un cliente y me cuenta que tuvo un accidente arriba de un colectivo, el juicio ya terminó y la liquidación ya fue aprobada, su abogado cobró el cheque por ser apoderado. Lo citan al actor al estudio para darle su parte de la indemnización, y le descuentan el pacto de cuota litis, los gastos desde el comienzo del juicio y el IVA. Me parece bien que le descuenten el pacto y los gastos pero xq el IVA? Además no le dijeron sobre qué le cobran el iva, si por los honorarios que el abogado percibió de la aseguradora (q los debe pagar la aseguradora) o sobre lo percibido en concepto de pacto de cuota litis (en ese caso le tendrá q hacer factura el abogado y está bien o sobre la indemnización en sí). Q piensan? El actor trabaja en negro. No entiendo xq tiene q pagar el iva y en concepto de que.
Alguien que se dedique a accidentes de tránsito me podrá responder?
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