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  • NUEVA MORATORIA.HAY RETROACTIVO?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1100062  por alexis2014
 
La verdad leo tu posteo, y no tengo palabras mas que indignacion !!!!!!!!!!!! incoherencia total , el retro se lo deben liquidar inexorablemente con el primer haber , no hay otro mecanismo, lo que te dijeron no es verdad, es evidente que a quienes no tengan abogados los estafaran, leyendo esto no me cabe la menor duda, es como dije en el posteo anterior necesitan caja :evil:
 #1100148  por JUANJOSE47
 
Para que quede claro el tema del retroactivo en la nueva moratoria
les detallo el siguiente caso:
Se ingresa el tramite el dia 12.11.2014 y ese mismo día se paga la primer cuota
(que Anses la toma como la cuota de diciembre 2014)
Que dice "El resto de las cuotas serán descontadas del haber mensual, y se
ajustaran de acuerdo a los aumentos de la movilidad jubilatoria...."
Ahora bien, a la fecha todavía no ha salido aprobado el tramite
(La beneficiaria tiene periodos en relación dependencia que deben ser
verificados y el Anses viene muy demorado al respecto)
Pero que ha sucedido en el interin...
Ingresando en el SICAM
Pagos Registrados tenemos el siguiente detalle
Fecha Pago 12.11.2014 $ 425.67 Efectivo (esa cuota sera la lera de diciembre 2014)
22.01.2015 $ 620.18 ANSES
22.02.2015 $ 620.18 ANSES
22.03.2015 $ 733.42 ANSES (Aplican Indice de Movilidad Previsional p/actualizar la cuota)
22.04.2015 $ 733.42 ANSES
El acuerdo a la normativa el pago del haber jubilatorio comienza a partir del mes siguiente al pago
de la primer cuota (es decir desde diciembre 2014)
Si no hubiera retroactivo en la nueva moratoria, como hace el Anses para descontar las cuotas de los
meses que adelanto tomando como validos los haberes y abona solamente la liquidacion el mes de pago
Saquen sus propias conclusiones
Saludos
 #1100586  por zaffaroni
 
varelamariac escribió:En Anses me dijeron bien claro!!!, hay que pedir turno para reclamarlo!!!!!, siempre va a pasar esto con ley nueva!!!!
pues digale a los de anses que son unas reverendas ratas, que con el verso ese que se inventaron que no se necesitan abogados estafan a los pobres viejos que van solos, me pregunto quienes son los buitres :?: sinverguenzas
 #1100635  por Mauricia
 
Hola: Morita, es como te dice el Dr. Zafaroni y demas foristas, a partir del mes siguiente al pago de la primer cuota. Consejo, si me permitis, plantate, exigi, yo lo hago y en muchos casos termino saliendo con el cheque en la mano. (En definitiva, cuando apretas un poco y ven tu credencial, la mayoria entra en panico) (Algun gritito tambien es valido).
 #1100647  por varelamariac
 
El tema es que la nueva moratoria en la mayoria de los casao hacen segundo sicam, y desde ahi vuelven a liquidar!!!!, tienen que respetar el pago de la primer cuota!!!
 #1100699  por zaffaroni
 
varelamariac escribió:El tema es que la nueva moratoria en la mayoria de los casao hacen segundo sicam, y desde ahi vuelven a liquidar!!!!, tienen que respetar el pago de la primer cuota!!!
son buitres
 #1100746  por marialucia20047
 
Tuve dos casos:
1) En el primer mes de cobro, cobró el mes corriente-como decía el RUB. Al mes siguiente, -sin reclamo- cobró todo el retroact desde nov/2014.
2) Anses dió el rub para cobrar en mayo con retroactivo incluido. Pero en Cuando y donde cobro decia 15/04. Fuimos al banco y cobró abril,
f ué directamente al banco en Mayo y cobro todo el retroact que figuraba en el rub, desde oct/2014-Habia pasado por codigo 35 y siguió su curso hasta su resolucion favorable.
Espero les sirva. Saludos.
 #1101307  por alejandra01
 
había leído el post pero no pensé que podía pasar. Sicam de noviembre en inicio por titular de la nueva moratoria en Udai Merlo. La señorita modificó el sicam que estaba hecho, y lo hizo mal.
Conclusión. Mi cliente pagó la cuota. Presento pronto despacho en abril, pero ahora aparece un sicam nuevo hecho,y el anterior dado de baja, con la cuota del nuevo sicam que aparece pagada!
a quien reclamar el tiempo perdido y el retroactivo que la gente piensa que va a cobrar.
Esos son los trámites que hace anses...

MARIO1943 escribió:
varelamariac escribió:Tengan en cuenta q muchos de estado 35 Anses empieza a pagar desde que ellos se hacen cargo del pago de la nueva cuota, en ese caso hay que presentar reclamo!!!!
SIN EMBARGI NO TENDRIA QQUE SSER ASI, ESO NO DICE LA CIRCULAR 87/14 EN ESTADO 35

8. Para ambos casos (cuota abonada por el titular o cuota abonada por ANSES),
determinado el derecho a la prestación a través del aplicativo, se respetarán los
siguientes parámetros:
• La fecha inicial se establecerá en función al pago de la primera cuota del
plan original.
 #1101985  por hugo2
 
varelamariac escribió:YO YA TENGO TURNO PARA LOS RECLAMOS!!!, LOS QUE NO LE CAMBIARON SICAM A LOS DOS MESES COBRAN EL RETRO!!!
Hola maria, hoy presente reclamo por retroactivo udai longchamps ( le habian cambiado el sicam ) me aclararon que no importaba si anses cambio el sicam igual corresponde retroactivo ( tal cual dice la normativa ) y me informaron que casi todos los de estado 35 salieron sin retro, pero con el mensual de julio se liquidaban todos los retro pendientes, igual me tomaron el reclamo. Saludos.
 #1102001  por varelamariac
 
Gracias Hugo!!!, a una clienta no estado 35 le llego carta informandole que ANSES, le va a pagar el retro en el mes de JULIO!!!!, pero a los que le cambiaron el sicam, me dijeron que no !!!, igual yo reclamo!!!!, como el turno lo tengo para fines de junio ya voy a saber si le viene el retro con la clave de anses te dice lo que va a cobrar
 #1104362  por DraLuchetta
 
Hola! Hace poco me anoté en el foro, y me gustaría ver si alguien me puede ayudar con el siguiente tema. En febrero de este año inicié una jubilación, y como no llegaba la notificación, lo seguimos por la web. Cuando salió el cartel que decía que fue resuelto favorable, la Sra. se presentó en anses y le liquidaron el primer haber que lo cobró en mayo. Ahora bien, mi pregunta es la siguiente: Por qué aún no ha sido notificada y en anses le dijeron ese día que aún no estaba firmada la resolución que le otorga el beneficio si por internet salia que ya le había sido otorgado? y la otra pregunta: Cómo se olvidó de pagar la primer cuota del plan de pagos, retroactivo no le van a liquidar? Ya que inició en febrero, cobró en mayo y pagó esa cuota en junio. Entiendo eso por lo que dice la ley. Lo que pasa es que me resulta raro que aún habiéndose olvidado de pagar esa primer cuota, igual le hayan otorgado el beneficio y abonado el haber. Desde ya, agradezco sus respuestas.