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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #1104604  por marcenor
 
Estimados: Un cliente (Relacion de Dependencia) me consulta: Informo sus Percepciones por paquete turistico en el F572, luego también los resto (retencion) en la DJ inforamativa de ganancias por ganar mas de $ 144000 al año. La empresa le devolvio hasta el limite de lo retenido, se que para usar ese saldo se debe inscribir en el I Ganancias. La pregunta es: no lo esta usando 2 veces.o sea en el f572, para que le devuelvan, y en la informativa

Gracias por su ayuda
 #1104676  por EstudioContableGS
 
Vos lo diciste Marcenor.

La DDJJ de Ganancias (F. 711) es informativa.

Estás "informando" lo que declaraste en el SIRADIG y ahí sale la diferencia que el empleador no te devolvió y lo que tenés que solicitar a la AFIP.

Ojo que por los Bienes Personales (que también estás obligado a presentar) no esté Gravado y debas descontarlo de dicha DDJJ.

AFIP cuando vayas a solicitar la devolución, si verifica que debés presentar Bienes Personales y no la presentaste, te va a bloquear la devolución hasta tanto no regularices.

Saludos.