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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1104445  por fabianx
 
Ayer me notificaron una denegatoria, en una UDAI donde previamente había consultado y me dijeron que me lo aprobarían problema, un expediente en el que se presento un reco por 22 años de IPS, trabajo en municipalidad y el resto moratoria, pues la caja otorgante no seria ANSES. Y como cada Anses es un mundo, probe iniciarlo ahí.

He escuchado que la CARSS suele aceptar esos reclamos y resolverlos favorablemente. Solicito si alguien tiene algún modelo del escrito me lo pudiera facilitar.

Desde ya muy agradecido por cualquier ayuda u orientación que puedan darme.
 #1104509  por zaffaroni
 
el problema que ud tiene es que no conoce lo que es la reciprocidad ni las normas que la regulan. si la persona tiene 22 años en ips para que anses sea caja otorgante tendria que tener 22 anos y 1 mes minimo en nacion. la udai le denego bien el tramite, y la carss tambien se lo va a denegar porque es lo que la ley dice que tienen que hacer. pongase a estudiar *leo* *leo* de manera urgente, y vaya pensando que decirle a su cliente
 #1104511  por andre80
 
fabianx escribió:Ayer me notificaron una denegatoria, en una UDAI donde previamente había consultado y me dijeron que me lo aprobarían problema, un expediente en el que se presento un reco por 22 años de IPS, trabajo en municipalidad y el resto moratoria, pues la caja otorgante no seria ANSES. Y como cada Anses es un mundo, probe iniciarlo ahí.

He escuchado que la CARSS suele aceptar esos reclamos y resolverlos favorablemente. Solicito si alguien tiene algún modelo del escrito me lo pudiera facilitar.

Desde ya muy agradecido por cualquier ayuda u orientación que puedan darme.

Si bien es cierto que cada UDAI es un mundo, no entiendo en que te basas para decir que el beneficio está mal denegado.
Como te informa zaffaroni la CARSS tampoco va a otorgar esa jubilación, salvo que le hayas comprado con moratoria más años que los que tiene reconocidos por la provincia...
 #1104512  por zaffaroni
 
art 168 ley 24241: Las cajas reconocedoras de servicios deberán transferir a la caja del organismo otorgante de la prestación, los aportes previsionales, contribuciones patronales, y las sustitutivas de estas últimas si las hubiera. Deben considerarse incluidos en la transferencia que se establece por la presente, los cargos que adeude el beneficiario, correspondientes a los servicios reconocidos, a efectos de su amortización ante la caja otorgante. La transferencia deberá efectuarse en moneda de curso legal en forma mensual y de acuerdo al procedimiento que se determine en la reglamentación. Será organismo otorgante de la prestación cualquiera de los comprendidos en el sistema de reciprocidad, en cuyo régimen se acredite haber prestado mayor cantidad de años de servicio con aporte. En el caso de que existiese igual cantidad de años de servicio con aportes el afiliado podrá optar por el organismo otorgante. Queda derogada la ley 18.038, sus complementarias y modificatorias, todo con la salvedad de lo que disponen los artículos 129, 156 y 160 de la Ley del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
*leo* *leo* *leo* *leo*
 #1104532  por fito657
 
Asi es, tendrías que hacer una moratoria por mas de 22 años para que pueda ser otorgante anses. Lo que pagandolo de contado sería unos 15000 pesos y en 60 cuotas mas de 17000.
 #1104628  por fabianx
 
Buenas tardes y gracias por las respuestas. Conozco la ley, pero muchas veces lo que en una UDAI no se puede, en otra si. En este caso la señora no podía pagar al contado los años que le faltaban y comentándolo mientras iniciaba un tramite me dijeron que allí los tomaban en cuotas y acordaban sin problemas, que ellos lo interpretaban así. Me lo dijo el coordinador.

Le comente a la Sra esa posibilidad y ella dijo querer intentarlo. Ahora que según me informan en esta UDAI, han debido cambiar su criterio, necesito saber si alguien fue a la Carss con un tema así y se lo otorgaron.
Gracias
 #1104824  por anamy00
 
La caja otorgante es IPS, como te dicen los colegas, es imposible que alguien con un minimo de conocimiento previsional, te hubiese asegurado lo contrario! A no ser como dice Zaffaroni, que le compres 22años y 1 dia y alli si seria la caja otorgante Anses. No pierdas tiempo con la Carss porque encima vas a pasar veguenza con tu cliente.
 #1104894  por fabianx
 
Muchas gracias anamy00, aunque no lo creas recorriendo las UDAI encontras que de una a otra aplican criterios totalmente distintos y en cuestiones como esta aveces arriesgas una cuota de cien pesos y lo aprueban, obviamente informando al cliente de todas las posibilidades.

Vos decis que comprando 22 años y un mes por la ley 26.970 tomarían como caja otorgante a ANSES? Gracias
 #1104936  por zaffaroni
 
fabianx escribió:Buenas tardes y gracias por las respuestas. Conozco la ley, pero muchas veces lo que en una UDAI no se puede, en otra si. En este caso la señora no podía pagar al contado los años que le faltaban y comentándolo mientras iniciaba un tramite me dijeron que allí los tomaban en cuotas y acordaban sin problemas, que ellos lo interpretaban así. Me lo dijo el coordinador.
Le comente a la Sra esa posibilidad y ella dijo querer intentarlo. Ahora que según me informan en esta UDAI, han debido cambiar su criterio, necesito saber si alguien fue a la Carss con un tema así y se lo otorgaron.
Gracias
estas mintiendo porque si conocieras la ley como decis no hubieses hecho lo que hiciste. las udais no hacen lo que quieren cuando otra caja interviene, larga lo que estas tomando o mandate a estudiar *leo* *leo* *leo* de manera urgente. todos te respondimos lo mismo y seguis sosteniendo tu postura errada, en lugar de basarte en lo que alguien de anses te dice agarra *leo* *leo* las leyes.
fabianx escribió:Muchas gracias anamy00, aunque no lo creas recorriendo las UDAI encontras que de una a otra aplican criterios totalmente distintos y en cuestiones como esta aveces arriesgas una cuota de cien pesos y lo aprueban, obviamente informando al cliente de todas las posibilidades.
Vos decis que comprando 22 años y un mes por la ley 26.970 tomarían como caja otorgante a ANSES? Gracias
ya te respondi pero parece que no queres escuchar, crees mas en lo que te dicen en anses que en lo que te decimos nosotros sos un reverendo caradura irrespetuoso, no vuelvas a tomarnos el pelo