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 #1101810  por JLS
 
Estimados. me hice cargo de una sucesion en capital que ya tiene declaratoria de herederos, el abogado que lo llevo desapareció, es imposible contactarlo. este profesional inescrupuloso se quedo con los originales de la escritura publica del bien que se encuentra en capital y en consecuencia se complica su inscripción. además no denunció un bien inmueble que se encuentra en la provincia de córdoba quedándose en su poder con el titulo original. Con respecto al bien de capital el juzgado ya me autorizo a pedir mediante oficio el segundo testimonio. Ahora, respecto del bien de córdoba con el certificado de dominio e inhibición alcanza para denunciar el bien y dejar que posteriormente el mismo se venda por tracto abreviado ? (seria muy complejo conseguir el segundo testimonio en córdoba sin ningún dato ya que aquí no tenemos ni la copia de la escritura).
Gracias Colegas !!!
 #1101841  por Doctomasito
 
Hola.
JLS escribió:Ahora, respecto del bien de córdoba con el certificado de dominio e inhibición alcanza para denunciar el bien y dejar que posteriormente el mismo se venda por tracto abreviado ? (seria muy complejo conseguir el segundo testimonio en córdoba sin ningún dato ya que aquí no tenemos ni la copia de la escritura)
....si no tenés ningún dato cómo vas a pedir el dominio ? Saludos.
 #1101899  por JLS
 
Hola Doctomasito. tengo las partidas de rentas, el el Reg. de la Propiedad Inmueble de Cordoba , secc. capital me dijeron que con eso alcanza.
 #1101932  por Doctomasito
 
Y bueno, cuando tengas el informe de dominio vas a tener los datos para individualizar el inmueble y pedir segundo testimonio, que es lo que seguramente van a requerirte, ya sea para inscribir o para vender por tracto ; me comprometo a consultar, en la semana, a un par de colegas que conozco por allá y confirmarte si esto último es tan taxativo como lo es en la Pcia. de Bs. As. ( y casi, casi, siempre, en la C.A.B.A tb ). Un abrazo.
 #1101998  por JLS
 
Muchisimas gracias por tu spuesta. Una vez que tenga el certificado de dominio solicito al juez autorice oficio para confeccionar segundo testimonio en el colegio de escribano de cordoba. Abrazo !!
 #1103427  por sonicobcn
 
JLS escribió:Muchisimas gracias por tu spuesta. Una vez que tenga el certificado de dominio solicito al juez autorice oficio para confeccionar segundo testimonio en el colegio de escribano de cordoba. Abrazo !!
Hola, recordá que tenes que pedir el segundo testimonio (averigua en cordoba como se manejan, si hay archivo de protocolos o si cada registro conserva su protocolo, en el segundo caso sera el escribano el que te expida el segundo testimonio).
Y despues lo tenes que enviar a inscribir en el registro correspondiente.

Tambien averigua en cordoba como es, aca en CABA podes directamente pedir al archivo la expedicion del segundo testimonio sin pasar por el juzgado, y demora mucho menos. En caso de sucesiones tenes qeu acompañar partidas que acrediten el vinculo y el caracter de heredero del peticionante, la nota tiene que tener firma certificada, y un informe de dominio.

Saludos
 #1104200  por Doctomasito
 
sonicobcn escribió:aca en CABA podes directamente pedir al archivo la expedicion del segundo testimonio sin pasar por el juzgado, y demora mucho menos. En caso de sucesiones tenes qeu acompañar partidas que acrediten el vinculo y el caracter de heredero del peticionante, la nota tiene que tener firma certificada, y un informe de dominio.
. Muy buena información. Muchas gracias.
 #1104928  por JLS
 
sonicobcn escribió:
JLS escribió:Muchisimas gracias por tu spuesta. Una vez que tenga el certificado de dominio solicito al juez autorice oficio para confeccionar segundo testimonio en el colegio de escribano de cordoba. Abrazo !!
Hola, recordá que tenes que pedir el segundo testimonio (averigua en cordoba como se manejan, si hay archivo de protocolos o si cada registro conserva su protocolo, en el segundo caso sera el escribano el que te expida el segundo testimonio).
Y despues lo tenes que enviar a inscribir en el registro correspondiente.

Tambien averigua en cordoba como es, aca en CABA podes directamente pedir al archivo la expedicion del segundo testimonio sin pasar por el juzgado, y demora mucho menos. En caso de sucesiones tenes qeu acompañar partidas que acrediten el vinculo y el caracter de heredero del peticionante, la nota tiene que tener firma certificada, y un informe de dominio.

Saludos
Muchas gracias !