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  • SUCESION. HEREDERO ACREEDOR

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 #1105098  por RominaRo
 
Les hago una consulta, quizás alguno de ustedes sepa ayudarme.

Inicié una sucesión en la Matanza, Prov. de Bs As, el acervo hereditario lo integra un solo inmueble, existen 2 casas, la casa del fondo fue edificada por un heredero y todos los herederos han reconocido a favor de este heredero edificante su crédito por la edificación por él realizada.
Se dictó declaratoria de herederos.

Cuando deba presentar el escrito solicitando la inscripción de la declaratoria de herederos, conociendo el porcentaje que a cada uno le corresponde y la calidad en que lo recibe (por ejemplo un heredero recibe x % EN CALIDAD DE “HEREDERO FORZOSO”, la cónyuge supérstite recibe x % por disolución de la sociedad conyugal) el acreedor heredero a quien se le reconoció el crédito, si bien recibe un porcentaje en calidad de heredero forzoso, en ese escrito donde solicito la inscripción de la D.H. ¿SE PUEDE MANIFESTAR AL JUEZ QUE RECIBE X % “EN CALIDAD DE ACREEDOR” POR SU CRÉDITO RECONOCIDO?
¿ACEPTA EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE UN OFICIO DE INSCRIPCIÓN DE LA DECLARATORIA DONDE POR EJEMPLO UN HEREDERO RECIBE UN PORCENTAJE INDIVISO COMO HEREDERO FORZOSO Y OTRO PORCENTAJE EN CALIDAD ACREEDOR? ¿SE PUEDE HACER ESO?
 #1105133  por abogado_1987
 
[quote="RominaRo"]Les hago una consulta, quizás alguno de ustedes sepa ayudarme.

Inicié una sucesión en la Matanza, Prov. de Bs As, el acervo hereditario lo integra un solo inmueble, existen 2 casas, la casa del fondo fue edificada por un heredero y todos los herederos han reconocido a favor de este heredero edificante su crédito por la edificación por él realizada.
Se dictó declaratoria de herederos.

Cuando deba presentar el escrito solicitando la inscripción de la declaratoria de herederos, conociendo el porcentaje que a cada uno le corresponde y la calidad en que lo recibe (por ejemplo un heredero recibe x % EN CALIDAD DE “HEREDERO FORZOSO”, la cónyuge supérstite recibe x % por disolución de la sociedad conyugal) el acreedor heredero a quien se le reconoció el crédito, si bien recibe un porcentaje en calidad de heredero forzoso, en ese escrito donde solicito la inscripción de la D.H. ¿SE PUEDE MANIFESTAR AL JUEZ QUE RECIBE X % “EN CALIDAD DE ACREEDOR” POR SU CRÉDITO RECONOCIDO? entiendo que no
¿ACEPTA EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE UN OFICIO DE INSCRIPCIÓN DE LA DECLARATORIA DONDE POR EJEMPLO UN HEREDERO RECIBE UN PORCENTAJE INDIVISO COMO HEREDERO FORZOSO Y OTRO PORCENTAJE EN CALIDAD ACREEDOR? entiendo que no ¿SE PUEDE HACER ESO? entiendo que no
 #1105160  por RominaRo
 
Abogado1987, el mes que viene debo solicitar los informes de dominio, cesion, inhibición y el certificado catastral, para luego solicitar la inscripción de la DH o lo que los herederos dispongan. ¿ud. solicitaria que se inscriba la DH? ¿Que pasos haría usted para proteger el credito de ese heredero a quien se le reconoció su credito por mejoras?
 #1105327  por abogado_1987
 
RominaRo escribió:Abogado1987, el mes que viene debo solicitar los informes de dominio, cesion, inhibición y el certificado catastral, para luego solicitar la inscripción de la DH o lo que los herederos dispongan. ¿ud. solicitaria que se inscriba la DH? ¿Que pasos haría usted para proteger el credito de ese heredero a quien se le reconoció su credito por mejoras?
en el marco del proceso sucesorio entiendo que tenés pocas opciones,
por ejemplo > cesión de derechos hereditarios (onerosa o gratuita) a favor de tu cliente,
en el supuesto de conflicto de intereses que excedan el proceso sucesorio,
tu cliente tendrá que hacer valer sus derechos por otras vías judiciales, podés ver >
viewtopic.php?f=10&t=135745
 #1105735  por RominaRo
 
RominaRo escribió: todos los herederos han reconocido a favor de este heredero edificante su crédito por la edificación por él realizada.
abogado_1987 escribió:
en el marco del proceso sucesorio entiendo que tenés pocas opciones,
por ejemplo > cesión de derechos hereditarios (onerosa o gratuita) a favor de tu cliente,
en el supuesto de conflicto de intereses que excedan el proceso sucesorio,
tu cliente tendrá que hacer valer sus derechos por otras vías judiciales, podés ver >
viewtopic.php?f=10&t=135745
abogado87 está reconocido el crédito, y el post donde usted me derivó se trata de mejoras "no reconocidas". Mi asunto trata de un "credito por edificación recnocido" en el escrito de inicio, son herederos "acreedores de la sucesión" .
 #1105809  por abogado_1987
 
exponés >
RominaRo escribió: ... Inicié una sucesión en la Matanza, Prov. de Bs As, el acervo hereditario lo integra un solo inmueble, existen 2 casas, la casa del fondo fue edificada por un heredero y todos los herederos han reconocido a favor de este heredero edificante su crédito por la edificación por él realizada...
mi respuesta >
"... en el marco del proceso sucesorio entiendo que tenés pocas opciones,
por ejemplo > cesión de derechos hereditarios (onerosa o gratuita) a favor de tu cliente,
en el supuesto de conflicto de intereses que excedan el proceso sucesorio,
tu cliente tendrá que hacer valer sus derechos por otras vías judiciales..."
 #1105849  por RominaRo
 
abogado_1987 escribió:exponés >
RominaRo escribió: ... Inicié una sucesión en la Matanza, Prov. de Bs As, el acervo hereditario lo integra un solo inmueble, existen 2 casas, la casa del fondo fue edificada por un heredero y todos los herederos han reconocido a favor de este heredero edificante su crédito por la edificación por él realizada...
mi respuesta >
"... en el marco del proceso sucesorio entiendo que tenés pocas opciones,
por ejemplo > cesión de derechos hereditarios (onerosa o gratuita) a favor de tu cliente,
en el supuesto de conflicto de intereses que excedan el proceso sucesorio,
tu cliente tendrá que hacer valer sus derechos por otras vías judiciales..."

Hay un crédito reconocido por todos los herederos, son acreedores de la sucesión y también heredero quien puede ejecutar su credito o "solicitar embargo antes que se adjudique a cada heredero su hijuela". Por lo tanto, no puede haber cesión onerosa ni gratuita porque el credito está reconocido.
No existe conflicto de intereses, todos se llevan excelente, son una familia honesta y ninguno pretende estafar al otro ni quedarse con lo que no es suyo, cada heredero pretende su justa parte.
Voy a ver como hago. Saludos.
 #1105966  por abogado_1987
 
RominaRo escribió:
abogado_1987 escribió:exponés >
RominaRo escribió: ... Inicié una sucesión en la Matanza, Prov. de Bs As, el acervo hereditario lo integra un solo inmueble, existen 2 casas, la casa del fondo fue edificada por un heredero y todos los herederos han reconocido a favor de este heredero edificante su crédito por la edificación por él realizada...
mi respuesta >
"... en el marco del proceso sucesorio entiendo que tenés pocas opciones,
por ejemplo > cesión de derechos hereditarios (onerosa o gratuita) a favor de tu cliente,
en el supuesto de conflicto de intereses que excedan el proceso sucesorio,
tu cliente tendrá que hacer valer sus derechos por otras vías judiciales..."

Hay un crédito reconocido por todos los herederos, son acreedores de la sucesión y también heredero quien puede ejecutar su credito o "solicitar embargo antes que se adjudique a cada heredero su hijuela". Por lo tanto, no puede haber cesión onerosa ni gratuita porque el credito está reconocido. ¿ ?
No existe conflicto de intereses, todos se llevan excelente, son una familia honesta y ninguno pretende estafar al otro ni quedarse con lo que no es suyo, cada heredero pretende su justa parte.
Voy a ver como hago. Saludos.
en el marco del proceso sucesorio entiendo como opción > cesión de derechos hereditarios
“Buenos Aires, .... de 2014.- Y VISTOS; CONSIDERANDO: ... se advierte que los herederos han solicitado la adjudicación de ..... , a nombre de la heredera ........... -. Al respecto, debe señalarse que el instituto mediante el cual resulta procedente efectuar la adjudicación de un determinado bien que forma parte de la sucesión es la partición (ART. 726 del CPN). El instituto en cuestión constituye un acto mediante el cual los herederos materializan la porción ideal que en la herencia les tocaba, transformándola en bienes concretos sobre los cuales tienen un derecho exclusivo. A decir de Alsina, es la etapa final del juicio sucesorio destinada a poner término al estado de indivisión hereditaria (conf. Goyena Copello, Héctor Roberto, Procedimiento Sucesorio, ed. ASTREA, pág.233 y ss.).
En tales circunstancias, para efectivizar lo requerido resulta necesario llevar a cabo previamente la partición del acervo. Empero, teniendo en cuenta que en el presente sucesorio los herederos no han decidido llevar a cabo la misma deberán a efectos de obtener la inscripción de ......... a nombre de la heredera ceder los derechos hereditarios que le corresponden con respecto al mismo. En consecuencia, – de estimarse pertinente- acompáñese la cesión de derechos hereditarios en escritura pública y reiterase el pedido de inscripción. Así se deja decidido. Fdo. ..... JUEZ”