Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AMPLIADA EN LEY NUEVA??

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1105138  por DRADIN
 
Buenos días foristas.
Quisiera consultarles si en la ley nueva ya no se puede utilizar la situación de revista ampliada ya que ni siquiera me dá la opción. Es una persona inscripta a quien debo comprarle moratoria en períodos anteriores a los que estuvo inscripta (antes del 93).
También si puedo seguir cambiando actividad y categorías antes del 9/1993.
Muchas gracias!!!!
 #1105159  por benfer
 
Hola, hasta el 12/2003 podes cambiar las categorias con la 26970, para que necesitas ampliar?
 #1105453  por DRADIN
 
[quote="benfer"]Hola, hasta el 12/2003 podes cambiar las categorias con la 26970, para que necesitas ampliar?
Hola!! Gracias pr la respuesta. Necesito ampliar justamente para eso...para incluir períodos en que la señora no estuvo inscripta. Entonces poder volvarlos en SICAM II. Sin embargo, no encuentro la opción en la nueva ley. Va todo en SICAM I?. Respecto al cambio de categoríasy actividad, ¿ Vos decís que en la ley nueva puedo cambiarlo sin inconvenientes ni sin tener en cuenta el tope del 9/93-obviamente hablo de casos de inscriptos-?. Muchas gracias!
 #1105463  por Emma2011
 
DRADIN escribió:
benfer escribió:Hola, hasta el 12/2003 podes cambiar las categorias con la 26970, para que necesitas ampliar?
Hola!! Gracias pr la respuesta. Necesito ampliar justamente para eso...para incluir períodos en que la señora no estuvo inscripta. Entonces poder volvarlos en SICAM II. Sin embargo, no encuentro la opción en la nueva ley. Va todo en SICAM I?. Respecto al cambio de categoríasy actividad, ¿ Vos decís que en la ley nueva puedo cambiarlo sin inconvenientes ni sin tener en cuenta el tope del 9/93-obviamente hablo de casos de inscriptos-?. Muchas gracias!
Se puede hacer todo en sicam I salvo que optes por si cuando tiene moratoria 529.
Podes cambiar categ.hasta el 12/2003 con la 26970.Sds.