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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1105072  por periquita
 
maril escribió:
periquita escribió:Coincido con vos, te iba a decir que fueras a esos dos lugares..

Saludos
Periquita,te sigo molestando.., resulta que ya averigué y podemos subsanarlo, se trata de un error contable, mal cargado el código del empleado, lo deben modificar, y Anses si se paga ese 2% la jub. como decente frente al grado, pero.. ese 2% nunca se le retuvo, osea, quedó en el bolsillo de la docente, ( aclarado también el tema de que sí es docente) entonces me surge la pregunta , quien es responsable de pagarlo ahora la docente o el empleador?? gracias!!!
¿En dónde averiguaste ?
¿Anses aceptó que si pagan lo que se debe otorgan la jubilación docente? de qué modo lo van a aportar?
Sobre quién es responsable va a ser una dura lucha... haría cuentas de cuánto dinero es y de cuánto beneficia a la docente. En principio entiendo que el empleador es el responsable porque era su obligación retenerlo... pero si no lo quiere pagar... qué...va a ir a juicio?... Dirán que docente debería saber, que no lo pidió.... nadie puede alegar su propia torpeza. Va a llevar años arreglarlo si no se ponen de acuerdo.
En fin..
 #1105087  por graciela1955
 
Buenas noches PERIQUITA, tengo dudas porque anses cambio de código 15 a 43 y ahora a código 47 "presentese en anses para agregar documentacion relativa al cese..... referirá al cese definitivo?
 #1105091  por periquita
 
graciela1955 escribió:Buenas noches PERIQUITA, tengo dudas porque anses cambio de código 15 a 43 y ahora a código 47 "presentese en anses para agregar documentacion relativa al cese..... referirá al cese definitivo?
Imposible adivinar, puede ser, algunas UDAI lo piden antes de otorgar el beneficio, otras no.
También puede ser que falte algo del cese condicionado. No queda otra que ir y preguntar.
Saludos
 #1105142  por mvictoriafiore
 
Buenos dias. Esta es mi primera jubilacion y creo que nada sencilla. Ademas me llego bastante avanzada, la beneficiaria casi presenta todo con caja aportante que no era la que queria... Se trata de una jubilacion docente que si computa la totalidad de años que aparece en la sabana de ANSES se pasa y esta seria caja aportante. En IPS tiene 18a 7m 23d y en ANSES 23a 4m 24d. Si no se computan los periodos de Ley 25321, tendria 14a 4m 24d en ANSES. En la UDAI le pidieron realizar un nuevo SICAM para modificar los datos aportados. Mi consulta es la siguiente: se pueden omitir en el SICAM los años en exceso o tengo que aplicarle algun otro beneficio a esos periodos?
 #1105174  por Real
 
alguien me puede explicar como funciona el cómputo privilegiado para los docentes?
Docente que se va a jubilar en ANSES con años trabajados en relac de dep y otros como docente en la provincia de Santa Fe. Aún se encuentra en actividad como docente en provincia. Le inicié el reco en provincia para luego llevarlo a ANSES, por ser la caja otorgante. De sus años de docencia, tiene más de 10 años frente al grado.
 #1105306  por graciela1955
 
Periquita muchas gracias por responder, tengo los formularios que según Anses debe presentar -Solicitud suplemento especial docentes- decreto 137/2005 yPS6.1, este beneficio fue iniciado en diciembre de 2014 la docente tenia licencia sin goce de sueldo, tiene derecho a retroactivo?

luego en otro caso la docente tiene aportes en la anses y 13 años en la caja de la pcia de cba, se quiere jubilar por la caja provincial porque los haberes son mas altos, en anses tiene 11 años de aportes como docente y se inscribió como autónomo en 1991 hasta 2000 PERO tiene deuda desde 1991 a 03/1994 luego pago moratoria 4/94 a 9/96 ahí pidió baja. Años después 1999 a 2000 se inscribió en monotributo pago 1 año pero fuera de termino por lo que genero deuda por intereses y el otro año lo debe. PREGUNTA: el SICAM para reco de servicios debe ir con toda la deuda y sin ninguna tipo de beneficios, ya que le ley habla de años de servicios con aportes efectivos para determinar la caja otorgante??? la res 555 establece que si se aplican beneficios las prescripciones y renuncias no se tendrán en cuenta para determinar la caja otorgante...también pregunto que pasa cuando lo que se renuncia o prescribe son periodos con deuda???
 #1105606  por periquita
 
Real escribió:alguien me puede explicar como funciona el cómputo privilegiado para los docentes?
Mujer = 57 / 25
Varón = 60 / 25

Docente que se va a jubilar en ANSES con años trabajados en relac de dep y otros como docente en la provincia de Santa Fe. Aún se encuentra en actividad como docente en provincia. Le inicié el reco en provincia para luego llevarlo a ANSES, por ser la caja otorgante. De sus años de docencia, tiene más de 10 años frente al grado.
 #1105609  por periquita
 
mvictoriafiore escribió:Buenos dias. Esta es mi primera jubilacion y creo que nada sencilla. Ademas me llego bastante avanzada, la beneficiaria casi presenta todo con caja aportante que no era la que queria... Se trata de una jubilacion docente que si computa la totalidad de años que aparece en la sabana de ANSES se pasa y esta seria caja aportante. Esto no se puede cambiar de ningún modo
En IPS tiene 18a 7m 23d y en ANSES 23a 4m 24d. Si no se computan los periodos de Ley 25321, hay que computarlos, tendria 14a 4m 24d en ANSES. No se entiende con lo que decís que en la sábana tenía más años aportados
En la UDAI le pidieron realizar un nuevo SICAM para modificar los datos aportados. ¿modificarlos cómo???
Mi consulta es la siguiente: se pueden omitir en el SICAM los años en exceso o tengo que aplicarle algun otro beneficio a esos periodos? cualquier cosa que hagas igualmente se contabiliza.
 #1105610  por periquita
 
graciela1955 escribió:Periquita muchas gracias por responder, tengo los formularios que según Anses debe presentar -Solicitud suplemento especial docentes- decreto 137/2005 yPS6.1, este beneficio fue iniciado en diciembre de 2014 la docente tenia licencia sin goce de sueldo, tiene derecho a retroactivo? No creo, tendría que haber cesado para tener derecho al retro

luego en otro caso la docente tiene aportes en la anses y 13 años en la caja de la pcia de cba, se quiere jubilar por la caja provincial porque los haberes son mas altos, en anses tiene 11 años de aportes como docente y se inscribió como autónomo en 1991 hasta 2000 PERO tiene deuda desde 1991 a 03/1994 luego pago moratoria 4/94 a 9/96 ahí pidió baja. Años después 1999 a 2000 se inscribió en monotributo pago 1 año pero fuera de termino por lo que genero deuda por intereses y el otro año lo debe. PREGUNTA: el SICAM para reco de servicios debe ir con toda la deuda y sin ninguna tipo de beneficios, ya que le ley habla de años de servicios con aportes efectivos para determinar la caja otorgante??? la res 555 establece que si se aplican beneficios las prescripciones y renuncias no se tendrán en cuenta para determinar la caja otorgante correcto, así es
..también pregunto que pasa cuando lo que se renuncia o prescribe son periodos con deuda??? no se pagan pero se cuentan para de determinar la caja otorgante.
 #1106090  por Real
 
EL FORMULARIO para el cese y ampliacion en provincia de santa fe de portera, es para esc. pca. (portera) alguien lo tiene para pasar para imprimir?.
 #1106091  por periquita
 
Real escribió:EL FORMULARIO para el cese y ampliacion en provincia de santa fe de portera, es para esc. pca. (portera) alguien lo tiene para pasar para imprimir?.
¿Por qué no abris un nuevo tema con título más específico?

Saludos
 #1106379  por Borza
 
Buenas noches, recien estoy dando mis primeros pasos en la profesión y me llego mi primer pension docente. La va a iniciar el marido y tiene además dos hijos menores de edad. La sra trabajo siempre en escuelas públicas de la pcia de bs as y según me figura en el sercope tiene una antiguedad de 26 años y 11 meses. Necesitaría me indiquen por donde tendría que arrancar, que formularios debo completar y a donde debo dirigirme. Cualquier información que me puedan brindar será bienvenida colegas!!Desde ya muchas gracias.
 #1106409  por periquita
 
Borza escribió:Buenas noches, recien estoy dando mis primeros pasos en la profesión y me llego mi primer pension docente. La va a iniciar el marido y tiene además dos hijos menores de edad. La sra trabajo siempre en escuelas públicas de la pcia de bs as y según me figura en el sercope tiene una antiguedad de 26 años y 11 meses. Necesitaría me indiquen por donde tendría que arrancar, que formularios debo completar y a donde debo dirigirme. Cualquier información que me puedan brindar será bienvenida colegas!!Desde ya muchas gracias.
Tratá de leer lo que ya hay escrito sobre el tema.
Andá a la/las últimas escuelas y pedí las constancias de servicio y que te asesoren.
Es importante saber cuál fue el mejor cargo que tuvo en su historia laboral.
Si el fallecimiento es reciente podrá iniciarlo como Jubilación Autómática Docente caso contrario tardará un par de años en cobrar.
Saludos
 #1106705  por fabiotano
 
Hola recien empiezo con la Profesion y me cae una señora que es medica obstetra y docente, tambien trabajo para el municipio, el tema es asi. Tiene 71 años de edad, en abril del 2012 se jubila por IPS por ser docente, actualmente cobra solo por eso, al tiempo comienza la del IPS por trabajar 14 años en el Municipio y tiene para empezar la de ANSES por trabajo de Obstetra 34 años para La Trinidad. Le dicen que no comience con la de Anses porque sino la que comenzo en el IPS por el Municipio, se le va a atrasar mucho mas, es asi eso? Como puedo saber en que estado esta la que comenzo con el IPS??? Les recuerdo que no se mucho de Jubilaciones....Que me recomiendan que haga para empezar???
 #1106719  por periquita
 
fabiotano escribió:Hola recien empiezo con la Profesion y me cae una señora que es medica obstetra y docente, tambien trabajo para el municipio, el tema es asi. Tiene 71 años de edad, en abril del 2012 se jubila por IPS por ser docente, actualmente cobra solo por eso, en el IPS ¿verdad?
al tiempo comienza la del IPS por trabajar 14 años en el Municipio seguramente pide un reajuste de su jubilación
y tiene para empezar la de ANSES por trabajo de Obstetra 34 años para La Trinidad. Le dicen que no comience con la de Anses porque sino la que comenzo en el IPS por el Municipio, se le va a atrasar mucho mas, es asi eso? No. Pero no puede tener dos jubilaciones. Tendría que hacer un reconocimiento de servicios en ANSES y llevarlo al IPS para pedir un reajuste... siempre y cuando en el IPS tenga más de 34 años aportados.
Como puedo saber en que estado esta la que comenzo con el IPS??? podés verlo on-line desde la página del IPS
Les recuerdo que no se mucho de Jubilaciones....Que me recomiendan que haga para empezar???
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