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  • sucesion ab inestato ,tanto tiempo ?????????????

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 #109797  por Sailaw
 
Ya está iniciado, pongamos valores.

 #109824  por mir1952
 
la verdad ya me habian dicho que le cobraron mucho ,pero lo que no tuvo en cuenta que era una "amiga" y como hacia poco se habia recibido ,para que tenga un caso se lo dio ,bueno ,la confianza mata al hombre .,ustedes sigan asi no copien de los malos honorarios ,digo ,por el bien de todos que no tenemos malos pensamientos ,a veces con estas cosas ,despues se desconfia de todos y yo por mi parte no quiero que esto sea asi ,ya mirando los foros ,en cuantos a los honorarios confirme lo que me habian dicho ,o sea del cobro tan alto y ahora ,hay que pagar algo mas ??????o con lo que le cobro esta todo cubierto ???tendra que averiguar con la abogada mi hijo no ???pero por las dudas les pregunto a ustedes .graciasssss

 #109838  por 123justicia
 
Sailaw escribió:Yo creo que es hora de unificar criterios de cobranza de casos, que te parece, en el subforo de Honorarios, iniciemos un hilo para ver que estan cobrando los colegas para cada acción determinada.
que interesantes honorarios para la susecion de tres autos, creo que ya es hora de abrir un poco al menos, el velo de los honorarios.
no se porque es un tema en el que no vi demasiado entusiasmo en desarrollarlo, y lo expuesto es mas alla, de la ley arancelaria.-
:lol:

 #109846  por Sailaw
 
Mir, está mal que un profesional juzgue respecto de los honorarios cobrados por un colega, y menos en un foro de abogados, yo creo que para la respuesta exacta de tu pregunta, allí si deberias consultar con un abogado de tu confianza, yo no puedo ni mis colegas tampoco.

 #109881  por mir1952
 
UNA DUDA .SI UNO QUIERE CAMBIAR DE ABOGADO POR INEFICIENTE ,SE LE COMUNICA A ELLA POR ESCRITO O PERSONALMENTE? Y EL DINERO QUE COBRO POR ADELANTADO SE PIERDE ??? .CUALES SON LOS PASOS A SEGUIR MI HIJO LA LLAMA Y NUNCA LA ENCUENTRA ,LE DEJA MENSAJES QUE LO LLAME Y HASTA AHORA NADA ,QUE SE HACE ???????????

 #109936  por Sailaw
 
Se le manda una comunicación por telegrama o carta documento revocandole el patrocinio o el poder otorgado.

Se designa un abogado de confianza para que termine la sucesión, y respecto de la manera de manejar a la letrada saliente, es el nuevo designado el que debe aconsejarla.

 #109938  por mir1952
 
entendido gracias mil
 #109947  por ales
 
La forma de revocar el poder debe ser por escrito mediante carta documento, además de un escrito acompañado al expediente manifestando al juez la revocación del poder y el nombramiento del nuevo patrocinante o apoderado en cuyo caso se acompaña escritura del nuevo poder que revoca el anterior. Además por ética el nuevo profesional deberá remitir vía Colegio de Abogados la notificación de la sustitución del patrocinio, de todo ello se adjunta copia al expediente.
PD: Estimada señora le aconsejo que tenga paciencia, la justicia es lenta y siempre los abogados cargamos con la culpa de esa lentitud, hay pasos procesales que se deben cumplir. Pienso que uno como abogado está interesado en que el juicio llegue al final y la consiguiente regulación de honorarios.
Ignoro a título de que le cobró esa suma, si es en concepto de gastos, anticipo de honorarios, o cancelación de los mismos; en este último caso habrá que ver cuales fueron los trabajos realizados por la profesional y deberá efectuar como mandataria la rendición de cuentas. Saludos Cordiales.

 #109952  por Sailaw
 
En realidad, basta la presentación del nuevo apoderado y la constitución de nuevo domicilio, junto a el telegrama o CD con aviso de recepción, comunicandole al anterior letrado la revocación, esto en Capital, en Pcia no lo se, en realidad por motivos de pura cortesia profesional en nuevo letrado debería mandar una misiva al anterior, pero eso generalmente no se cumple (es aconsejable, pero no obligatorio)
 #110408  por ales
 
Sai yo litigo en Pcia y como soy nueva trato de cuidar todos los detalles. En el Colegio de Abogados de La Plata nos advirtieron que existe la posibilidad de una denuncia ante el Tribunal de disciplina si no se envía la misiva al profesional sustituido.
Saludos Afectuosos.

 #110509  por Sailaw
 
Ales, creo haber aclarado que me referìa a la Capital Federal, pero de todas maneras creo que no debe ser tan riguroso en Provincia.

Si a mi me contratan para patrocinar en un expediente en el cual ya se habia desvinculado al letrado actuante por la misma parte, no considero que debo enviar misiva alguna.

Porque la ley exige el patrocinio letrado, y porque la parte ya no contaba con el mismo.

 #110528  por VEROROS
 
Sra. yo no soy de BsAs (soy de Rosario), pero supongo que no habrá mucha diferencia,si es así que mis colegas me corrijan.... 1. Si Ud revoca el poder, el trámite se va a demorar mas, calcule que para cada paso que le describieron los chicos todo se demora aprox 1 semana. 2. Aunque cambie de apoderado, su abogada actual va a pedir regulación de honorarios y va a tener que pagar honorarios y aportes de dos abogados. Le va a salir mucho mas caro. 3. Si sigue con la que tiene hasta ahora, le podría hacer notar que estuvo consultando por otro lado y que los honorarios son un "poco" altos, así podrían llegar a un acuerdo y pelear una rebaja. 4. lo otro a tener en cuenta es: nunca pague sin recibo. Recuerde: "el que paga mal paga dos veces", si le dio recibo fijese en concepto de que se lo dió, y si todavia no le entrego nada asegurese que diga: "en concepto de pago total de honorarios y gastos en la sucesion tal que tramita ante el juzgado tal". 5. Cuando la vea exijale que le fotocopie todos los sellados del expediente y el auto regulatorio (donde el tribunal regula sus honorarios) a los honorarios regulados le debe agregar solo un % de aportes a caja de jubilaciones (acá en Rosario es el 13% a cargo del cliente y los otros aportes a cargo del abogado, no se los tiene que cobrar a Ud.)
Espero haber sido de ayuda. Colegas tengan la amabilidad de corregir si hay algo que en bsas sea diferente.-
Saludos

 #110532  por Sailaw
 
En realidad la regulación de honorarios, se hará en el momento procesal en que tengan que hacerse, y de todas maneras se puede producir una dilación si existe pelea por los mismos, sobre todo en el caso en cuestión que practicamente se pago todo, con gastos incluidos, bolsita de celofàn para el testimonio y moñito para regalo.

 #110545  por doky bravo
 
Hace poco en el foro de honorarios expuse mi manera de cobrar honorarios, a solo efecto de hacer conocer una modalidad (la mia) de como plantear que cobrar al cliente y me contestaron que no era sincera (hasta me tildaron de hipocrita...???) Esta dificil pasar al cliente cuanto es nuestro honorario, sobre todo en sucesiones en que las propiedades subieron bastante alta su valuacion fiscal. Cada caso es particular como lo es el cliente. Por ejemplo me estan consultando por una sucesion en que la propiedad vale 215.000, como haces para cobrarle a tu cliente el minimo de la ley arancelaria, si sus ingresos no superan los $1500 (es maestra) y viene de consultar a otro colega que le paso de honorarios $10.000 mas gastos, que considero que esta dentro del minimo. Entonces??? Cobramos el minimo del minimo??? Me fijo en foro Sail y Jfrotela y despues les cuento...