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  • DUDA SOBRE EL ART. 178 LCT

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #1105572  por Gridelu
 
Colegas, tengo la siguiente duda, ¿si la mujer embarazada notifica a su empleador apenas se entera o sea al mes o pocas semanas puede reclamar la indemnizacion agravada del 182?

Lo pregunto ya que el art 178 dice "...cuando fuere dispuesto 7 Y 1/2 MESES ANTERIORES O POSTERIORES A LA FECHA DE PARTO..".. pero el embarazo dura aprox 9 meses entonces segun la lectura de este art una mujer que tiene 1 mes de embarazo no estaria protegida??? para mi no tiene sentido..pero tengo que asesorar bien a una chica que recien se entera que esta embarazada y no se si mandar el TCL todavia o no...ahh y para colmo esta en negro.-

Que lio que tengo me ayudan??
 #1105585  por santiheladero
 
el agravante de la indemnizacion por despido durante la licencia de maternidad se da durante 7 /2 meses antes y despues del parto. Si se da en esa sfechas se presume que es un despido a causa del mismo y el empleador debera demostrar otra causa. Si notifica su embarazo hoy y la despiden mañana el agravante no se aplica pero la trabajadora puede demostrar que el despido fue disciminatorio, obedeciendo realmente a su embarazo y en tal caso demandar la nulidad, el reintegro al puesto y salarios caidos.
 #1105682  por Gridelu
 
gracias por la respuesta pero entonces el primer y segudo mes de embarazo no estan protegidos? es una locura.-

Entonces la empleada debe esperar al tercer mes de embaraZo para enviar el TCL de aviso ya que si la ley dice 7 meses y medio antes del parto o fecha probable de parto el primer mes y el segundo no estan inlcuidos porque un embarazo normal dura aprox 9 meses.-