Buenas tardes. Tomé un caso laboral sustituyendo a un colega por expresa desición del cliente. Nunca pude ubicar al colega para avisarle la cuestión. Lo cierto es que hice la sustitución de patrocinio en el colegio de abogados, mandé CD y me presenté en el expediente. El anterior colega había presentado carta poder con pacto de cuota litis pero no existe resolución del tribunal que homologue tal pacto. Yo presenté pacto de cuota litis y me lo homologaron.
Ahora estamos por efectivizar un acuerdo con la demandada. Mi consulta es: 1º cobraría el 20% del pacto de cuota litis homologado o tendría que repartirlo con el anterior colega, siendo que éste no tenía pacto homolgado? 2º la demandada se hará cargo de las costas, ahora, el 20% que regule el juez, lo distribuirá entre ambos letrados?
Gracias
Ahora estamos por efectivizar un acuerdo con la demandada. Mi consulta es: 1º cobraría el 20% del pacto de cuota litis homologado o tendría que repartirlo con el anterior colega, siendo que éste no tenía pacto homolgado? 2º la demandada se hará cargo de las costas, ahora, el 20% que regule el juez, lo distribuirá entre ambos letrados?
Gracias