Hola a todos, mi inquietud es la siguiente, tengo una clienta cuyo esposo falleció en un accidente de tránsito en horario laboral cumpliendo su tarea acompañando a su patrón por la ruta, trasladándose de un local a otro de la misma empresa. El que conducía era el patrón, chocan y el empleado muere y el patrón sobrevive. Mi pregunta es si mi clienta además de cobrar la indemnización de la ART puede cobrar el seguro por muerte de la compañía aseguradora del otro vehículo (responsabilidad civil), quien fue el causante del accidente.
la art paga el limite de la lrt, luego podes reclamar a la aseguradora la diferencia de lo que seria la reparacion integral.
para que se entienda, pongamos que ese hecho vale 10 pesos, pero la lrt dice que la art paga 6 pesos por el hecho, podes reclamar los otros 4 a la aseguradora del auto