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  • poder general en sucesion

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 #1106551  por RUDAFI
 
Estimados queria consultarles sobre una sucesion que presente con un poder general. Logicamente este poder tendria q ser especial y no general.

Ahora bien en el juzgado me dijeron que solo sirve para desp de la declarqtoria de herederos el poder general. Que tengo dos opciones en hacer un poder general o ratificar el mismo por los futuros herederos.

La consulta es. Esta ratificacion constaria de un escrito donde los hijos de los causantes firman el mismo diciendo que me ratifican como abogado y ademas lo actuado en cuanto a la demanda.

Es asi o estoy equivocado.

De ser asi toda otra diligencia hasta la declaratoria de herederos la tienen q firmar los hijos.

desde ya les agradezco cualq opinion
 #1106609  por abogado1987
 
entiendo >

“… Al respecto cabe señalar que, conforme lo establece el art. 1881, inc. 16 del Código Civil, la herencia sólo puede ser aceptada con poder especial, sin perjuicio de que las sucesivas peticiones puedan ser formuladas invocando poder general (Código Civil Comentado, Salas, pag. 429, comentario al art. 1881 inc. 16) … “