Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Orientación sobre divorcio!!!

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1106327  por doctorasol
 
Estimados:
Me llegó una consulta por un divorcio respecto del cual ambos esposos están de acuerdo. Va a tramitar en CABA y se cumplen los requisitos para iniciarlo por el 214,2 o por el 215. Tienen un solo hijo menor de 17 años. El punto es que el señor es discapacitado y no le pasa dinero a la esposa (por el menor). Ella cobra el salario familiar y la asignación. El punto es que los dos están de acuerdo en seguir así (a ella no le interesa cobrar nada más).
Qué me recomiendan hacer?
Gracias!!
 #1106711  por Mariaac
 
Hola Doc, inicia solo el divorcio por art 214 inc 2.

Pero yaaaa, antes del 1 de agosto jja Es facil rapido, al menor solo lo nombras

Suerte
 #1106883  por DRA. MACA
 
Mariaac escribió:Hola Doc, inicia solo el divorcio por art 214 inc 2.

Pero yaaaa, antes del 1 de agosto jja Es facil rapido, al menor solo lo nombras

Suerte
Lamento decirte que el yaaa no sirve, todo va a ser proveído despues de la feria y comenzarán a regir las nuevas disposiciones del CC.

"Al menos" tampo rige y "jja" tampoco.


Suerte.
 #1106885  por EstebanM7
 
no se si el discapacitado cobra pensión o algo, pero pueden establecer una cuota simbolica de, no se, el 15% de sus ingresos (lo depositan en una caja de ahorro o plazo fijo y cuando el adoloscente tiene 21 tiene lo que le corresponde, los alimentos son un derecho de los hijos) y que el cuidado personal del adolescente sera conjunto.
 #1106886  por DRA. MACA
 
Y se verá según en CC vigente que no será este, asi que no se sabe el criterio que va a establecerse, hablar es hacer futurología.
 #1106889  por EstebanM7
 
DRA. MACA escribió:Y se verá según en CC vigente que no será este, asi que no se sabe el criterio que va a establecerse, hablar es hacer futurología.
Y si tendremos que ver como interpretan el art. 7 !!!!!!!!!!!!!!!!!

va a estar bueno el nuevo CCyCN
 #1106890  por EstebanM7
 
ahora pienso! te vinieron a preguntar por un divorcio. Quedan 6 días hábiles, la citas el martes, le decis que vengan el viernes a firmar, la presentas el 3 de agosto con los parametros del nuevo código civil y comercial, presentas las propuestas ecónomicas, por irrisorias que sean el juez debe decretar el divorcio y en su caso homologar o rechazar los acuerdos, y esos van a mediación en cap. fed. y en el resto de las jurisdicciones segun su código de procedimiento.
Es todo "win-win" se divorcian y más honorarios, tampoco romperse la cabeza.