Buenas Tardes colegas, no hace mucho empece con la profesión y me toco un proceso de Daños y Perjuicios por Accidente de Transito ya casi concluido,patrocino a la parte actora que presento liquidacion (tras sentencia de Camara Favorable) y fue impugnada por la demandada, mi pregunta es si en estos casos se contesta el traslado o no de esa impugnacion, igual que demanda, contestacion y el traslado o no.
De ser afirmativa la respuesta, la demanda reclamaba con un monto de $65000, en primera instancia se fallo por $ 120000 (2013) y la Camara hace pocos meses lo elevo a 452.000.
Con intereses (tasa pasiva) el monto se fue a 1.136.000, la demandada dice que habiendo sido actualizado el monto por la Camara, no existio perjuicio para el acreedor, no deberia haber intereses sino recien a partir de la sentencia ¿?, que el monto es despropocionado y que en caso de aceptarse ese interes, se reduzca al 6% de "Tasa Pura", cualquier argumento para rebatir esto, jurisprudencia o lo que sea sera bienvenido, aclaro que litigo en Provincia de Buenos Aires.
Desde ya gracias
De ser afirmativa la respuesta, la demanda reclamaba con un monto de $65000, en primera instancia se fallo por $ 120000 (2013) y la Camara hace pocos meses lo elevo a 452.000.
Con intereses (tasa pasiva) el monto se fue a 1.136.000, la demandada dice que habiendo sido actualizado el monto por la Camara, no existio perjuicio para el acreedor, no deberia haber intereses sino recien a partir de la sentencia ¿?, que el monto es despropocionado y que en caso de aceptarse ese interes, se reduzca al 6% de "Tasa Pura", cualquier argumento para rebatir esto, jurisprudencia o lo que sea sera bienvenido, aclaro que litigo en Provincia de Buenos Aires.
Desde ya gracias
